24 de febrero de 2026

LIBRO DE ACTAS Nº 3/ ABRIL DE 1939

AYUNTAMIENTO DE FUENCALIENTE
(ABRIL - DICIEMBRE 1939)

Transcripción de las Actas de las Sesiones del Ayuntamiento de Fuencaliente celebradas a partir de abril de 1939, después del final  de la Guerra Civil y que se conservan en el LIBRO DE ACTAS N.º 3 del Archivo Municipal. En otras entradas de este blog hacemos un resumen y descripción de este fondo documental del Archivo. El Libro de Actas Nº1 contiene actas de sesiones del Ayuntamiento de Fuencaliente celebradas en los años 1923, 1924 y 1925. El Libro de Actas Nº2 recoge actas de las sesiones del Ayuntamiento de Fuencaliente celebradas entre los años 1935 (octubre) y 1939 (abril), durante todo el periodo de la Guerra Civil. El libro de actas transcrito en esta entrada del blog (LIBRO DE ACTAS N.º 3) contiene las primeras actas de las sesiones celebradas por la Gestora nombrada por las autoridades militares franquistas para formar el Ayuntamiento de FuencalientePara los interesados en este periodo de nuestra historia local hemos hecho la trascripción literal de dichas actas sin añadir o quitar nada, aunque resaltado en letra negrita los nombres de las personas que aparecen en las actas y algunas palabras que reflejen el asunto tratado en cada párrafo. De lo más interesante de las actas de este libro es el Padrón de familias pobres aprobado en la sesión de 14 de diciembre de 1939 (después de la guerra vino el hambre) y el cambio de nombre de algunas calles que se llevó cabo en la sesión de 14 de mayo.

AUDITORÍA DE GUERRA DEL EJÉRCITO DE OCUPACIÓN
ACTA DE CONSTITUCIÓN PROVISIONAL DE LA COMISIÓN GESTORA MUNICIPAL
(1 ABRIL 1939)

En la villa de Fuencaliente y siendo las diez y nueve horas del día primero de Abril del tercer año triunfal, constituyose en la Sala Capitular de esta Casa Consistorial D. Alfonso Rodríguez Hernández, alférez del ejército y comandante militar de esta Plaza, asistido de mí el Secretario interino de este Ayuntamiento, y comparecieron los Sres. D. Víctor Alonso Muñoz, D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Faustino García Checa, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Cirilo Gutiérrez Pérez y D. Pedro Vázquez Delgado, previamente convocados por el presentado oficial de nuestro glorioso ejército salvador y redentor de nuestra amada España de la catástrofe más grande que vieron los siglos.
A continuación D. Alfonso Rodríguez Hernández, expone a los concurrentes que el solo objeto de esta reunión lo constituía la necesidad imperativa, derivada de la destitución por él llevada a cabo momentos antes del que se venía titulando Consejo o Soviet Municipal de esta villa y que con tan inaudita como refinada crueldad había regentado los destinos de este municipio, de constituir una Comisión Gestora que restituyera al pueblo de Fuencaliente su categoría de pueblo civilizado, cristiano y como tal, justo, a cuyo efecto y en uso de las facultades que le estaban conferidas había tenido a bien designar a los Sres. al principio relacionados. Enterados los siete manifiestan todos que aceptan sus respectivos nombramientos y se muestran dispuestos, para cuando ejerzan la misión que se les confía, a velar en todo momento y con la máxima diligencia por los fines que representan la Religión cristiana, la unidad, engrandecimiento y reconstrucción de España y para que en la depuración de los crímenes, depredaciones y excesos vandálicos de todo orden cometidos por los rojos durante su para nuestra desventura largo periodo de opresión, reine la más severa justicia y se prescinda tanto del espíritu de venganza como de el de la flaqueza.

El comandante militar les da posesión de sus puestos y a continuación y por aclamación, son designados para ocupar los cargos de Presidente, Vicepresidente y Depositario de la Gestora a D. Pedro Vázquez Delgado, D. Arnulfo Muñoz Díaz y D. Víctor Alonso Muñoz, quienes asimismo aceptan y se posesionan de sus respectivos cargos y en medio de delirante entusiasmo y arribas a España y vivas a nuestra católica religión y a Franco, el Presidente levantó la sesión a las veintiuna y media hora y de ella la presente acta que firmaran con el Comandante militar los Gestores asistentes y que yo, Secretario, autorizo.

ACTA DE RATIFICACIÓN DE CONSTITUCIÓN PROVISIONAL DE LA COMISIÓN GESTORA DE FUENCALIENTE

En Fuencaliente, partido judicial de Almodóvar del Campo, provincia de Ciudad Real a tres de Abril de mil novecientos treinta y nueve, tercer año triunfal, D. Ricardo Ruiz de Pellón de la Torriente, teniente del Cuerpo Jurídico Militar, en nombre del Excmo. Sr. General Jefe del Cuerpo de Ejército Marroquí, nombra la Comisión Gestora Provisional de esta localidad, formándola los Sres. siguientes: Alcalde-Presidente: D. Pedro Vázquez Delgado. Concejales: Carlos Fernández Domínguez, Brígido Delgado Menasalvas, Arnulfo Muñoz Díaz, Cirilo Gutiérrez Pérez, Víctor Alonso Muñoz y Faustino García Checa. Secretario: Eugenio Muñoz Ramírez.

Estos nombramientos tienen carácter provisional y sólo subsistirán hasta que por las Autoridades que designe el Ministerio del Interior, se proceda a la constitución definitiva de dicha Corporación. Si se produjera alguna vacante, se pondrá inmediatamente en conocimiento de la Auditoría de Guerra del Ejército de Ocupación.

Presentes los mencionados Sres., juran por su honor desempeñar fielmente sus respectivas funciones con celo, austeridad y energía, inspirándose en las normas de la España Nacional y del Generalísimo Franco nuestro glorioso Caudillo, realizando su cometido con la máxima rapidez que la acertada resolución que cada caso exija, en unión de las demás personas a quienes esta autoridad militar designará, si lo estima conveniente, para ocupar otros puestos que faciliten el mas próximo restablecimiento de la vida civil en este municipio. En su virtud quedan en posesión de sus cargos, siendo la diez y seis hora del día de hoy.

Y para que conste firmaron la presente, después de quedar enterados de su contenido, aceptando y administrando, digo, agradeciendo su nombramiento que les permite cooperar con el mayor entusiasmo al resurgir de España.

AUDITORÍA DE GUERRA DEL EJÉRCITO DE OCUPACIÓN
Acta de Constitución Provisional de la Comisión Gestora de Fuencaliente

ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA PROVISIONAL EL DÍA TRECE DE ABRIL DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En Fuencaliente a trece de abril de mil novecientos treinta y nueve y siendo la diez y seis hora, se reunieron en esta Casa Consistorial, bajo la presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Brígido Delgado Menasalvas, y D. Cirilo Gutiérrez Pérez, no asistiendo Faustino García Checa por ausencia justificada.

Abierta la sesión y leída el acta de la anterior que es aprobada por unanimidad, el Sr. Presidente da cuenta de instrucciones recibidas de la Comisión Provincial de Abastecimientos en virtud de las cuales se proceda al nombramiento de un Gestor para Consejero, digo Delegado Municipal de Abastecimientos resultando designado por aclamación D. Carlos Fernández Domínguez.

A continuación y dada también cuenta por el Sr. Presidente del fallecimiento del que fue representante de este municipio en la capital de la provincia D. Julián Lucendo Zarco, la necesidad de proveer el cargo en persona que reúna las condiciones legales, por D. Arnulfo Muñoz Díaz se propone que sea designado para ocuparle como Representante y Corredor de Comercio del Ayuntamiento, al corredor de comercio colegiado y gestor administrativo, D. Antonio Prado Cejuela, para representar al municipio de Fuencaliente en Ciudad Real, en ambos cargos; así se acuerda por unanimidad autorizándosele: Primero- Para recoger de las Oficinas en que se hallen las inscripciones de la Deuda emitidas o que se emitiere a favor de este Ayuntamiento procedentes del Ochenta por ciento de Propios, Instrucción Pública, Beneficencia u otros conceptos, pudiendo así mismo liquidar y cobrar sus intereses, tanto vencidos, como los que en lo sucesivo vencieren. Segundo- Recoger las Carpetas o Depósitos que el Ayuntamiento tiene o tenga en lo sucesivo en la Caja de Depósitos y especialmente de los que procedan de la tercera parte del Ochenta por ciento de Propios; así como también liquidar o cobrar sus intereses devengados o que posteriormente se devenguen. Tercero- Liquidar en las Oficinas y Dependencias del Estado de esta Provincia, todas las cantidades que por cualquier concepto pertenezcan, correspondan, o sean propiedad del Ayuntamiento en la actualidad o en lo sucesivo. Cuarto- Gestionar todos los asuntos en que esté interesado el Ayuntamiento y formular respecto a los mismos las reclamaciones y recursos precisos hasta llegar a su terminación. Quinto- Firmar en nombre y representación del Ayuntamiento recibos, cartas de pago y cuantos documentos fueran convenientes o necesarios para la ejecución de lo prescrito en los números anteriores. Sexto- Que se le asigne en Presupuesto el haber que determina el Arancel aprobado por el Ministerio de Industria para los Apoderados de Ayuntamiento en sus artículos 105 y 106.

A continuación y dada cuenta por el Presidente del criterio sustentado por la Jefatura de Montes sobre validez de subastas efectuadas durante el domino rojo, la Gestora acuerda por unanimidad, aplazar la resolución hasta que por ella sean conocidas las normas dictadas sobre validez de contratos en general celebrados y perfeccionados en dicha época, por el Gobierno del Estado, y que si este conocimiento se demorase la Alcaldía formule cuando lo estime oportuno, y antes siempre de que puedan lesionarse los intereses municipales, la correspondiente petición sobre legislación aplicable a la propia Jefatura de Montes.

Acto seguido y por último la Gestora acuerda por unanimidad el que las sesiones ordinarias que por ella hayan de celebrarse de acuerdo con el artículo cincuenta y dos de la vigente Ley Municipal de 31 de Octubre de 1935 sean dos al mes que tendrán efecto los días 14 y 28 a la diez hora.

Y ultimado el examen del orden del día la Presidencia levanta la sesión a la diez y siete y treinta y de ella la presente acta que firmaron los Gestores asistentes y que yo, Secretario provisional, autorizo. 

14 DE ABRIL 1939

Diligencia: Para hacer constar que en el día de la fecha no celebró sesión la Comisión Gestora por no tener asuntos que resolver. Fuencaliente 14 de abril de 1939. Año de la Victoria. El Alcalde Pedro Vázquez. El Secretario Eugenio Muñoz.

28 DE ABRIL 1939

Diligencia: Para hacer constar que en el día de la fecha no celebró sesión la Comisión Gestora por no tener asuntos a resolver. Fuencaliente 28 de abril de 1939. Año de la Victoria. El Alcalde Pedro Vázquez. El Secretario Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 14 DE MAYO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

Sres. Concurrentes. Presidente D. Pedro Vázquez Delgado. Vocales: D. Arnulfo Muñoz, D. Víctor Alonso, D. Brígido Delgado, D. Carlos Fernández, D. Cirilo Gutiérrez.

En Fuencaliente a catorce de mayo de mil novecientos treinta y nueve siendo la diez hora y previa convocatoria al efecto, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Pedro Vázquez Delgado se constituyeron en las Salas Capitulares los Sres. que al margen se expresan, que con Faustino García Checa que no asiste por causa justificada, constituyen el pleno de esta Comisión Gestora.

Abierta por la Presidencia la sesión, y leída el acta de la anterior que es aprobada por unanimidad, el alcalde pone en conocimiento de los Gestores el contenido de normas emanadas de la administración de Correos de Puertollano para la provisión de la plaza vacante de Cartero Rural de ésta con carácter interino, y a propuesta del Teniente Alcalde D. Arnulfo Muñoz Díaz se acuerda por unanimidad que el cargo sea ocupado con aquel carácter por D. Francisco Díaz Sánchez.

Acto seguido a propuesta de la Alcaldía se procede a la designación de Comisiones que por sentir unánime y prescindiendo de votaciones dispuestas en la ley de mil novecientos treinta y cinco por estimar inaplicables al régimen que encarna el glorioso Movimiento Nacional Sindicalista, quedan constituidas en la siguiente forma.  Policía urbana: Pedro Vázquez Delgado, Arnulfo Muñoz Díaz y Faustino García Checa; Hacienda: Pedro Vázquez Delgado, Víctor Alonso Muñoz y Brígido Delgado Menasalvas; Beneficencia y sanidad: Pedro Vázquez Delgado, Carlos Fernández Domínguez y Cirilo Gutiérrez Pérez; habiendo de actuar en todas de Presidente el de la Gestora.

Incontinenti y también a propuesta de la Alcaldía y a fin de barrer la lepra marxista se acuerda también por unanimidad sustituir el nombre de Plaza de la Constitución por la Plaza de España que quedará en lo sucesivo circunscrita a la en que está instalada la fuente principal, y dando a la en que se establece el Mercado público, que antes figuraba englobada con aquella, el nombre nuevo evocativo de nobles sacrificios por el Movimiento de Plaza de los Mártires; el de calle de García Hernández por calle José Antonio Primo de Rivera; el de calle del Capitán Galán por Avenida del Generalísimo Franco; y el de calle de la Libertad por calle del General Mola.

Y sin más asuntos que resolver la Presidencia levantó la sesión a las once horas y de ello la presente acta que firmarán los Vocales asistentes y de que yo, el Secretario, certifico. Pedro Vázquez. Arnulfo Muñoz. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Cirilo Gutiérrez. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 28 DE MAYO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a veintiocho de mayo de mil novecientos treinta y nueve siendo la diez hora, se reunieron en la Casa Consistorial bajo la Presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Vocales Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Cirilo Gutiérrez Pérez y D. Faustino García Checa.

Abierta la sesión por quien corresponde se lee el acta de la sesión anterior que es aprobada, y también por orden del Presidente se da lectura a instancia suscrita por D. Calixto Gutiérrez García, propietario del inmueble alquilado por este Ayuntamiento para Oficina de Telégrafos; enterada la Gestora y en consideración a la justicia y legalidad en que fundamenta la petición, acuerda por unanimidad facultar al Sr. Presidente para la práctica de gestiones para alquilar otro local para Telégrafos y proponer en su día el traslado del mismo.

A continuación, e informada la gestora de la Orden apremiante del Excmo. Sr. Gobernador Civil de 12 del actual la Corporación por unanimidad acuerda activar los expedientes de depuración de funcionarios de este Municipio.

Acto seguido y a tenor de lo dispuesto en Orden de 13 del corriente se acuerda por unanimidad, designar a D. Anastasio Mamerto Delgado Fernández, Inspector Municipal de Higiene Pecuaria; al que lo es de Sanidad y Asistencia pública domiciliaria, D. Antonio Garrido Aguado, y al maestro nacional D. Manuel García Gil para formar con el Sr. Alcalde y restantes Vocales que designe la Delegación Local Sindical han de constituir la Junta Local de Fomento Pecuario y cooperar con la citada Delegación en la resolución del paro obrero.

Y por la Presidencia se levanta la sesión a las once y media hora y de ella la presente acta, que firmarán los Sres. Gestores y de que yo, el Secretario, certifico. Pedro Vázquez. Arnulfo Muñoz. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Cirilo Gutiérrez. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 6 DE JUNIO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

Sres. de la Gestora: Presidente D. Pedro Vázquez Delgado. Vocales: D. Arnulfo Muñoz, D. Víctor Alonso, D. Brígido Delgado, D. Carlos Fernández, D. Cirilo Gutiérrez, D. Faustino García.

En Fuencaliente a seis de junio de mil novecientos treinta y nueve, previa convocatoria al efecto, se reunió el pleno de esta Comisión Gestora con asistencia del total de Vocales que la forman, que son los relacionados al margen, al objeto de discutir, y en su caso aprobar, el Presupuesto Municipal ordinario para el segundo semestre del año actual cuyo proyecto fue aprobado por la Comisión Permanente en reunión del día catorce de mayo último y expuesto al público por término de ocho días y ocho más en la forma prevista en el Estatuto Familiar, digo Municipal vigente, sin que contra el mismo se haya formulado observación ni reclamación alguna.

A continuación, el Sr. Alcalde-Presidente dio cuenta a los Vocales concurrentes de Orden recibida en esta Alcaldía, a través de la Delegación Local Sindical, de 31 de mayo último sobre la obligación impuesta a los Ayuntamientos por disposición dictada por nuestro Gobierno Nacional de sufragar los gastos que ocasione el Registro Municipal de Colocación Obrera y de que, en cumplimiento de la misma, deberá consignarse en el art. 2 del capítulo VI cantidades para sueldo del Encargado del Registro y gastos de material y mobiliario de la misma. Enterados los Vocales de esta Gestora, acuerdan por unanimidad, consignar en el referido Capítulo y artículo una primera partida de setecientas cincuenta pesetas para pago de sueldo al Encargado del repetido Registro durante el semestre de vigencia de dicho Presupuesto; otra de doscientas cincuenta para material y otra de cien para mobiliario.

A continuación, y discutidos cada uno de los artículos y relaciones y encontrándolos en su totalidad conformes con los servicios que vienen siendo necesarios a la Corporación Municipal; así como con los recursos de la localidad establecidos para atender a aquellos, se acuerda, también por unanimidad, prestarles aprobación, quedando por último fijado el total de ingresos en treinta y dos mil ciento cuarenta y una pesetas con diez y siete céntimos, y el de gastos en otras treinta y dos mil ciento cuarenta y una pesetas con diez y siete céntimos, resultando por tanto nivelado dicho presupuesto semestral, y que sea éste expuesto al público para reclamaciones y se remita copia certificada del mismo a la Delegación de Hacienda de la provincia a efectos de lo preceptuado en los arts. 300 y 301 del vigente Estatuto Municipal.

Acto seguido a propuesta del Sr. Presidente se acordó solicitar al Delegado de Hacienda de la provincia la autorización necesaria para prescindir de las exacciones que es preciso dejar de utilizar en el Presupuesto Municipal ordinario para el segundo semestre del año actual, o sea de los relacionados en el art. 535 del Estatuto Municipal, cuales son: cédulas personales, carruajes de lujo, arbitrios de circulación, recargos sobre el producto bruto de las minas, sobre la contribución de utilidades de la riqueza mobiliaria, arbitrio sobre el rendimiento neto de las compañías anónimas y comanditarias, recargo sobre el consumo de gas y electricidad, recargo sobre el impuesto del timbre en espectáculos, ni repartimiento general de utilidades, toda vez que concurren las circunstancias que al efecto requieren los apartados 1 y 2 del art. 55 del Reglamento de Hacienda para prescindir de las exacciones enumeradas en el Presupuesto de referencia, se procedió a formar las demás Ordenanzas de las que se han de comprender en el tantas veces referido Presupuesto, acordándose que las mismas sean expuestas al público por el término de quince días a los efectos de reclamaciones, y por la Presidencia se levantó la sesión, firmando este acta los concurrentes de que yo, el Secretario, certifico. Pedro Vázquez. Arnulfo Muñoz. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Cirilo Gutiérrez. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 7 DE JUNIO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

Concurrentes: Presidente D. Pedro Vázquez Delgado. Vocales: D. Arnulfo Muñoz, D. Víctor Alonso, D. Brígido Delgado, D. Carlos Fernández, D. Cirilo Gutiérrez, D. Faustino García.

En Fuencaliente a siete de junio de mil novecientos treinta y nueve y siendo la diez hora se reunieron en la Casa Consistorial presididos por D. Pedro Vázquez Delgado los Vocales que al margen se expresan.

Abierta la sesión y leída el acta de la anterior que es aprobada por unanimidad, el Presidente expuso que habiendo de seguir utilizando este Ayuntamiento para nutrir el Presupuesto municipal ordinario para el segundo trimestre del año en curso los arbitrios sobre pesas y medidas, carnes frescas y saladas y sobre el consumo de bebidas espirituosas y alcohólicas, y aprobadas las respectivas ordenanzas, procedía acordar sobre la celebración de las subastas. Enterada la Corporación acuerda también por unanimidad fijar el tipo de tasación para el primero de los arbitrios expresados en mil ciento veintiséis pesetas con cincuenta céntimos; el del segundo en la de seis mil cuatrocientas veinticinco; y el del último en la de cuatro mil ochocientas treinta y tres; y que las subastas se celebren el próximo día veintisiete a las diez, las once y las doce por el orden correlativo de arbitrios, y que si alguna quedase desierta por falta de licitadores, se celebre otra segunda el día ocho de julio próximo a la hora correspondiente, con la rebaja en el tipo de tasación que la Gestora acuerde.

Acto seguido el Presidente levantó la sesión y de ella la correspondiente acta, que habrán de firmar los Gestores asistentes y de que yo, el Secretario provisional, certifico. Pedro Vázquez. Arnulfo Muñoz. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Cirilo Gutiérrez. Faustino García. Eugenio Muñoz.

14 DE JUNIO DE 1939

Diligencia: Para hacer constar que sesión ordinaria correspondiente al día de la fecha no se celebró por falta de asuntos pendiente. Fuencaliente 14 de junio de 1939. Año de la Victoria. El Alcalde Pedro Vázquez. El Secretario Eugenio Muñoz.

28 DE JUNIO DE 1939

Diligencia: Para constancia de que la ordinaria de hoy no se celebró por carencia de asuntos pendiente. Fuencaliente 28 de junio de 1939. Año de la Victoria. El Alcalde Pedro Vázquez. El Secretario Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 14 DE JULIO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a catorce de julio de mil novecientos treinta y nueve siendo la diez hora y previa convocatoria al efecto se reunieron en la Casa Consistorial presididos por D. Pedro Vázquez Delgado, los Vocales Gestores D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, y D. Faustino García Checa, no asistiendo D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Carlos Fernández Domínguez ni D. Cirilo Gutiérrez Pérez por causa justificada.

Abierta por el Sr. Presidente la sesión y leída el acta de la anterior que es aprobada y vistos los expedientes de las primeras subastas de arbitrios municipales celebradas el día veintisiete de junio próximo pasado y teniendo en cuenta que contra las adjudicaciones provisionales no se han presentado reclamaciones, se acuerda por unanimidad adjudicar definitivamente el remate del arbitrio sobre carnes para el segundo semestre del año corriente a D. Melquiades Vázquez Delgado en la cantidad de ocho mil cuatro pesetas, y el del arbitrio sobre el consumo de bebidas espirituosas y alcohólicas para el mismo plazo a D. Bernardo Coslado Castilla en la de cuatro mil ochocientas cuarenta; quienes deberán cumplir con los requisitos estipulados en los diferentes pliegos de condiciones sobre fianza definitiva y lo dispuesto en el Reglamento de contratación municipal de 2 de julio de 1924.

Del mismo modo y dada cuenta de haber sido adjudicada con carácter provisional la subasta de arrendamiento del arbitrio municipal sobre Pesas y Medidas para el segundo semestre del año actual celebrada el día siete del actual en segundo acto convocado al efecto a D. Bernardo Coslado Castilla en la cantidad de novecientas cincuenta y siete pesetas cincuenta y tres céntimos; puesto de manifiesto el correspondiente expediente y resultando que contra expresada adjudicación provisional no se han formulado reclamaciones en los cinco días a su celebración y estimando cumplidos todos los trámites legales, la Corporación acuerda por unanimidad adjudicar definitivamente dicho remate en favor del mentado D. Bernardo, quien habrá de cumplir con los requisitos preestablecidos sobre fianza definitiva en el correspondiente pliego de condiciones y los exigidos en el Reglamento de contratación municipal.

A continuación, y dada cuenta de petición de D. Antonio Garrido Aguado en la que solicita volver a instalarse en el piso principal de la casa número seis de la Plaza de España del que fue desalojado por los rojos al iniciarse el glorioso Movimiento nacional con manifiesto desdén por el contrato de alquiler vigente a la sazón. Enterada la Corporación y visto el Decreto de 9 de junio de 1939 reglamentando los arrendamientos de fincas urbanas en los territorios que han estado sometidos a la dominación roja y en consonancia con lo dispuesto en el párrafo 4º del art. 4º de dicha Ley, se acuerda por unanimidad acceder a lo solicitado y facultar al Sr. Alcalde para la práctica de gestión conducente a la contratación de nuevo local donde trasladar la Escuela de Niñas Nº 2.

Y sin más asuntos la Presidencia levanta la sesión a las once horas y de ella la correspondiente acta que firmarán los Vocales concurrentes y de que yo, el Secretario provisional, autorizo. Pedro Vázquez. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 28 DE JULIO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En Fuencaliente a veintiocho de julio de mil novecientos treinta y nueve siendo la diez hora y previa convocatoria al efecto, se reunieron en la Casa Consistorial bajo la Presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, y D. Faustino García Checa, no asistiendo los también Gestores D. Víctor Alonso Muñoz D. Cirilo Gutiérrez Pérez que tienen justificada su falta.

Leída el acta de la anterior que es aprobada, previa declaración de apertura por parte de la Presidencia de la sesión, el Secretario pone de manifiesto la omisión por él padecida al transcribir la minuta del acta de la sesión correspondiente y celebrada el 14 de mayo último en la que por unanimidad se acordó nombrar Regidor Síndico al Vocal D. Brígido Delgado Menasalvas y la Gestora por unanimidad acuerda que se subsane el error en el acta de la presente con expresión de la fecha en que se hizo la designación, que desde luego confirma.

Acto seguido, y por el Sr. Alcalde se informa a la Gestora de que los fiadores propuestos por los rematantes de los arrendamientos de arbitrios municipales para garantizar el cumplimiento de los contratos son D. Miguel Campos Luque para los de Bebidas espirituosas y alcohólicas y Pesas y medidas, y D. Francisco Bernabé Robledo para el de Carnes. Enterados los Gestores, aceptan como tales fiadores a los Sres. citados por ser ambos de reconocida solvencia.

Y por último, visto Oficio de la Jefatura Comarcal del Trigo se acuerda designar para Encargado del Subalmacén establecido en ésta al excombatiente de Nuestra Sra. de la Cabeza D. Francisco Carrasco Benítez de acuerdo con las instrucciones en aquél contenidas. Y por el Sr. Presidente se levanta la sesión a las diez cuarenta y cinco horas, y de ella la presente acta que firmarán los Vocales asistentes, y que yo el Secretario provisional autorizo. Pedro Vázquez. Arnulfo Muñoz. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 14 DE AGOSTO DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a catorce de agosto de mil novecientos treinta y nueve a la diez hora y previa convocatoria al efecto se reunieron en la Casa Consistorial bajo la presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado los Gestores D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Cirilo Gutiérrez Pérez y D. Faustino García Checa.

Abierta la sesión y leída el acta de la anterior que es aprobada, se inicia el estudio del orden del día con la lectura de los expedientes de depuración relativos a D. Eugenio Muñoz Ramírez, Secretario provisional de esta Gestora, y D. Antonio Morales García, Oficial de la Secretaría de la misma, únicos a quienes afecta la Orden del Excmo. Sr. Ministro de Gobernación de 12 de mayo próximo pasado y que han sido instruidos a tenor de la misma por D. Pedro Vázquez Delgado y D. Carlos Fernández Domínguez, y la propuesta de admisión sin imposición de sanción que en ambos se formula, la Corporación por unanimidad acuerda la admisión de los dos mentados funcionarios a su servicio correspondiente por no estimar a ninguno incurso en responsabilidad administrativa; que se tenga este acuerdo por pronunciado debiendo solo procederse a la reapertura de expedientes cuando nuevos elementos de juicio aconsejen la modificación de las resoluciones recaídas en estos dos expedientes o por alguna de las causas señaladas en el penúltimo párrafo del artículo 9 de repetida disposición y que por la Presidencia se dé cuenta al Excmo. Sr. Gobernador Civil en consonancia con lo dispuesto en el artículo 11 de la misma.

Incontinenti el Sr. Alcalde dio a conocer a la Corporación el Padrón de familias pobres de este término municipal que habrán de recibir asistencia médico-farmacéutica en el semestre actual formada por la Junta Municipal de Sanidad y Beneficencia; estudiada concienzudamente la expresada lista, por unanimidad se acuerda su aprobación y exposición al público durante quince días para reclamaciones.

En la misma forma y con escrupuloso análisis de las circunstancias de caso particular se aprueba el censo de individuos avecindados en ésta que hayan de recibir asistencia social formado por la Comisión establecida en Orden circular del Excmo. Sr. Gobernador Civil, y remitir referido padrón a la primera Autoridad civil provincial por triplicado.

A continuación, y leída instancia suscrita por Francisco Álvarez Prieto y a propuesta del Secretario la Corporación acuerda por unanimidad dejarla sobre la mesa hasta la próxima sesión. Leída otra del ex-alguacil municipal Antonio Redondo Fernández, y conocido por la Gestora acuerdos precedentes tomados por este Ayuntamiento y especialmente el recaído en 10 de octubre último en resolución de petición fechada en cinco del mismo mes y año y en la que pedía su jubilación en gracia a la imposibilidad material en que por razones de edad se encontraba para el desempeño de su cargo, acordó por unanimidad desestimar la solicitud de reingreso. Dada cuenta de otra presentada por D. Francisco Pérez Delgado y habida consideración de que dos de los Gestores concurrentes son parientes en grado próximo del peticionario, se acuerda dejarla también sobre la mesa para la primera sesión. Y conocida por la Corporación otra firmada por D. Melquiades Vázquez Delgado rematante del arbitrio municipal sobre Carnes para el segundo semestre del año en curso, en la que y a favor de lo dispuesto en la condición treinta y cuatro de las del pliego correspondiente, propone al Ayuntamiento la cesión del arrendamiento del arbitrio expresado a su convecino Bernardo Castilla Coslado quien habrá de subrogarse en sus derechos y deberes emanados del contrato por el proponente celebrado con esta Administración municipal, la Gestora accede por unanimidad a lo solicitado en esta instancia.

Y la Presidencia levantó la sesión a las doce horas y de ella la presente acta que firmarán los Gestores asistentes y que yo, el Secretario, autorizo. Pedro Vázquez. Cirilo Gutiérrez. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 28 DE AGOSTO DE 1939

En Fuencaliente a veintiocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve, siendo la diez hora y previa convocatoria al efecto se reunieron en estas Casas Consistoriales, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Cirilo Gutiérrez Pérez y D. Faustino García Checa.

Abierta por la Presidencia la sesión y leída el acta de la anterior, se aprueba en votación ordinaria.

Acto seguido y por orden del SR. Alcalde Presidente se dio lectura a la del Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de la provincia por la que se devuelve el Presupuesto municipal ordinario para el segundo semestre del ejercicio corriente por haberse observado en él los defectos siguientes: omisión de consignación para gastos que ocasione la Enseñanza Profesional Obrera, que deben ser provistos con la cantidad de veinte céntimos de peseta por habitante; ídem para pago de asistencia médica a la Guardia Civil para la que deberán consignarse setenta y cinco pesetas; ídem por el mismo concepto para practicante y matrona;  ídem falta de consignación en el artículo 7 del capítulo 9 para cuota normal de este Ayuntamiento para subsidio familiar de sus empleados lo que habrá de proveerse con seiscientas treinta y ocho pesetas, y falta de nuevas consignaciones que habrán de establecerse en este capítulo y artículo para Auxilio social, Subsidio al combatiente y Organizaciones juveniles en cantidad discrecional; omisión de certificación justificativa de si en el plazo de exposición al público del presupuesto y ordenanzas se presentaron o no reclamaciones y omisión de timbre en seis diligencias certificadas del presupuesto. Enterada la Corporación y previo el detenido estudio de las cantidades a que deban ascender todas y cada una de las consignaciones omitidas, por unanimidad se acuerda adicionar en la relación correspondiente al capítulo octavo artículo primero, setenta y cinco pesetas para asistencia a la Guardia Civil, y veintidós pesetas con cincuenta céntimos para Practicante y Matrona en las partidas sexta y séptima del mismo y formular nueva relación para el artículo séptimo capítulo noveno con una primera partida para gasto que ocasione la Enseñanza Profesional Obrera de trescientas setenta y seis pesetas; otra segunda para el Subsidio familiar con seiscientas treinta y ocho pesetas; otra tercera de cien pesetas para Subsidio al combatiente; otra cuarta con trescientas pesetas para Auxilio social; y una quinta y última de cincuenta pesetas para ayuda a las Organizaciones juveniles con lo que el total de gastos para el corriente ejercicio semestral se eleva a la cantidad de treinta y tres mil seiscientas noventa y dos pesetas con sesenta y siete céntimos; y a fin de evitar el déficit inicial presupuestario, prohibido en absoluto por disposiciones vigentes, elevar automáticamente el presupuesto de ingresos en la misma cuantía de mil quinientas cincuenta y una pesetas con cincuenta céntimos, dejando definitivamente fijado el total de ingresos en treinta y tres mil seiscientas noventa y dos pesetas sesenta y siente céntimos, previa elevación al efecto de la previsión establecida en el artículo quinto del capítulo quinto de éstos en la expresada cantidad de mil quinientas cincuenta y una pesetas con cincuenta céntimos y por un total para el mismo de cuatro mil quinientas cuarenta pesetas cuarenta y tres céntimos, aumento que la Corporación considera no ha de verse defraudado, por hallarse pendiente subastas de madera cortada por los rojos que habrá de constituir un ingreso típicamente extraordinario, y acordándose asimismo hacer constar que para Colocación obrera, existía ya consignación en el artículo segundo del capítulo sexto, consignación que se estima suficiente; y que una vez practicadas estas enmiendas se remita nuevamente copia certificada al Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda para su superior aprobación de lo estimase procedente.

Incontinenti, y visto el expediente de subasta de maderas cortadas por los rojos y observándose que en él se han cumplido todas las prescripciones legales, la Corporación por unanimidad acuerda elevar a definitiva la adjudicación provisional hecha por la Mesa el día de la celebración de la subasta en favor del mismo licitador D. Alejandro Pozo Muñoz en la cantidad de once mil pesetas, y que se remita certificación de este acuerdo a la Jefatura Provincial de Montes, Caza y Pesca.

A continuación, y puesto de manifiesto expediente de diligencias administrativas practicadas por la Alcaldía por orden del Servicio de Pósitos, la Gestora acuerda también por unanimidad, que sea enviado a este organismo superior.

Acto seguido y leídas instancias suscritas por D. Francisco Álvarez Prieto en ruego de Calixto García Piedrabuena y por D. Francisco Pérez Delgado, se acuerda por unanimidad de Gestores asistentes que continúen sobre la mesa ambas, la primera para que sea conocida por los herederos del antiguo titular y la segunda pro falta de número de Gestores compatibles para resolver.

Y por último y dada cuenta por la Alcaldía del Plan de Aprovechamientos Forestales para el próximo año de mil novecientos treinta y nueve cuarenta publicado en el Boletín Oficial número ochenta y cinco de los de la provincia de veinticinco del corriente mes, con el mismo unánime criterio se acuerda que la subasta de aprovechamiento de pastos de estos Montes Propios se celebres los días veintidós y veintitrés de septiembre próximo, por considerarlo urgente la Corporación y previa la declaración correspondiente en evitación de la nulidad establecida en el artículo 61 de la vigente Ley Municipal. Y la Presidencia levanta la sesión a las doce y media horas y de ella la presente acta que firmarán los Sres. Gestores asistentes y que yo el Secretario, autorizo. El interlineado “acuerda”, vale. El también interlineado “mil”, vale. Pedro Vázquez. Víctor Alonso. Cirilo Gutiérrez. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a veintiséis de septiembre de mil novecientos treinta y nueve, siendo la diez hora y previa convocatoria al efecto, se reunieron bajo la Presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez y D. Cirilo Gutiérrez Pérez.

El Sr. Alcalde Presidente abre la sesión y ordena se dé lectura al acta de la precedente que es aprobada.

Acto seguido y también por orden de la Presidencia se da lectura a escritos suscritos por Esteban Díaz Muñoz y José Poyatos Duque este último a ruego de Juana Ramírez Checa y el Sr. Alcalde informa a la Gestora que con fecha diez del actual decretó suspensión de empleo y sueldo del Vigilante Nocturno Francisco Carrasco Benítez. La Gestora aprueba esta resolución y expresa su deseo de que la Presidencia dentro de las facultades que le están legalmente conferidas resuelva en definitiva ya por tratarse de primera falta cometida por empleado referido y habida cuenta de un brillante historial no procede en su juicio y por tratarse de falta leve no procede la incoación de expediente con arreglo a lo dispuesto en el artículo ciento noventa y cinco de la vigente Ley Municipal.

 Incontinenti y dada lectura a instancia firmada por Bienvenido Poyatos y otros poseedores de parcelas en el monte ¨Navalquejigo”, de estos Propios, la Corporación tras detenido estudio  acuerda denegar a todos los peticionarios la aplicación de los beneficios que se otorgan en la Ley de cinco de junio del corriente año por considerarlos incursos en lo establecido en el caso tercero del artículo noveno de precitada Ley y mantener el canon fijado en el Plan Forestal para el año de mil novecientos treinta y nueve cuarenta y que se conceda plazo que terminará el día diez del próximo mes de octubre para que los parcelistas hagan efectivas sus obligaciones pecuniarias para con el Municipio.

Y teniendo que ausentarse los Gestores D. Carlos Fernández Domínguez y D. Cirilo Gutioérrez Pérez, la Corporación acuerda sigan sobre la mesa las solicitudes pendientes de resolución, y en tal estado la Presidencia levantó la sesión a las once horas y tres cuartos y de ella la presente acta que firmarán los Gestores asistentes y que yo Secretario autorizo. Pedro Vázquez. Arnulfo Muñoz. Víctor Alonso. Cirilo Gutiérrez. Brígido Delgado. Carlos Fernández. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 10 DE OCTUBRE DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a diez de octubre de mil novecientos treinta y nueve y siendo la diez hora se reunieron en la Casa Consistorial bajo la Presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, y D. Faustino García Checa.

Abierta la sesión y leída el acta de la anterior, que es aprobada, la Presidencia da cuenta a la Corporación de que el objeto único de la sesión es examinar y resolver escrito presentado por los parcelarios de Navalquejigo pidiendo la reposición de acuerdo tomado por la propia Gestora en veintiséis de septiembre último. Leído que fue pro orden del Sr. Alcalde el mentado escrito y visto de nuevo el Decreto de cinco de junio del corriente, la Gestora acuerda pro unanimidad reconocer a los solicitantes los solicitantes los beneficios de reducción del canon en su mitad y la demora en el pago a tenor de los dispuesto en el artículo tercero de citado decreto, reservándose las acciones establecidas caso tercero de artículo noveno de esta disposición legal y en la cuarta de las cláusulas de la Orden Ministerial de 17 de agosto de mil novecientos treinta y cuatro de concesión del aprovechamiento parcelario y que también en consonancia con lo dispuesto en ella el Ayuntamiento requiera los deudores para el pago de las anualidades de 1936-37, 1937-38, 1938-39 y 1939-40.

Y a renglón seguido se levanta por el Sr. Presidente la sesión y de ella la presente acta expresiva de haber terminado a la once hora y que firmarán los Gestores asistentes y que yo el Secretario, certifico. No valen las cifras estampadas en el párrafo precedente que deberán entenderse sustituidas por su equivalente en letra, mil novecientos treinta y seis treinta y siete, mil novecientos treinta y siete treinta y ocho, mil novecientos treinta y ocho treinta y nueve y mil novecientos treinta y nueve cuarenta. Pedro Vázquez. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 14 DE OCTUBRE DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a catorce de octubre de mil novecientos treinta y nueve, siendo la diez hora y previa convocatoria al efecto se reunieron en esta Casa Consistorial bajo la presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, y D. Cirilo Gutiérrez Pérez, no asistiendo D. Carlos Fernández Domínguez y D. Faustino García Checa por causa justificada.

Abierta por la Presidencia la sesión se procede por su orden a la lectura del acta de la anterior y es aprobada.

A continuación, y examinados los expedientes de subastas para el aprovechamiento de pastos de los montes de Propios de este término municipal durante el año forestal de mil novecientos treinta y nueve a mil novecientos cuarenta y que aparecen adjudicados los rematantes a las personas, bajo los tipos y con los fiadores que a seguido se relacionan: Lote primero del monte “Arroyo del Azor”, llamado “Riñoncillos”, a D. José Lara Aldarias bajo el tipo de mil quinientas pesetas y para fiador D. Miguel Campos Luque; lote primero (puesto que el anterior es el segundo si bien por error inadvertido se ha estampado primero) del expresado monte “Arroyo del Azor” llamado “La Cueva” a D. Francisco Camacho Trenado en mil quinientas pesetas y con D. Calixto Gutiérrez García como fiador propuesto; lote tercero del repetido monte llamado “Cotillo” a D. Miguel Campos Luque en mil doscientas pesetas, fiador D. Francisco García-Moreno Gil; lote primero del monte “Cereceda” llamado “Rincón de la Parra”, a D. José Lara Aldarias en mil seiscientas noventa y cuatro pesetas y por fiador D. Miguel Campos Luque; lote segundo del últimamente expresado monte, llamado ”Solezuelo”, a D. Lorenzo Sánchez Fernández en mil quinientas pesetas, fiador D. Lucio Muñoz Díaz; monte “Dehesa Boyal” a D. Francisco Sánchez López en tres mil pesetas, fiador D. Lucio Muñoz Díaz; monte “Hontanillas” a D. Pedro Díaz Díaz en seiscientas pesetas, y como fiador D. Pablo Díaz Díaz; monte “Navamanzano” a D. Vicente Ginés Díaz en mil quinientas cincuenta y seis pesetas, fiador D. Felipe Gómez Robledo; monte “Peña Escrita” a D. Felipe Gómez Robledo en seiscientas doce pesetas, fiador D. Isidoro Gómez Robledo; lote primero del monte “Nava del Horno”, llamado “Pezuelo”, a D. José Lara Aldarias en mil trescientas seis pesetas, fiador D. Miguel Campos Luque; lote segundo del antes citado monte, llamado “Puerto”, a D. Fermín Bernabé Pozo en mil doscientas setenta y siete pesetas, fiador D. Nicomedes Gutiérrez García; lote tercero del mismo monte, llamado “Erillas de Cepas”, a D. José Lara Aldarias en mil trescientas cincuenta y tres pesetas, fiador D. Miguel Campos Luque; lote primero del monte “Robledo de las Hoyas”, llamado “Robledo”, a D. Miguel Campos Luque en mil cuatrocientas treinta y cinco, fiador D. Félix Gil Ramírez; lote segundo del citado monte, llamado “Peña Rodrigo”, a D. Lorenzo Sánchez Fernández en mil setenta y seis pesetas, fiador D. Lucio Muñoz Díaz; lote primero del monte “Umbría de Ventillas”, llamado “Nava de las Estacas”, a D. Lorenzo Sánchez Fernández en mil una pesetas, fiador D. Lucio Muñoz Díaz; lote segundo de Umbría de Ventillas, llamado “La Aliseda”, en mil doscientas pesetas a D. Lorenzo Sánchez Fernández, fiador D. Lucio Muñoz Díaz.

Y resultando que la tramitación de los expedientes se han observado todas las formalidades preceptuadas en la legislación aplicable y que en los cinco días hábiles siguientes al de la celebración de repetidas subastas no se ha presentado contra las mismas celebración digo reclamación alguna, se acuerda por unanimidad adjudicar definitivamente dichos remates en favor de los respectivos rematantes provisionales, relevándoles de la obligación de constituir fianza metálica para responder de los contratos correspondientes, por haber todos ellos presentado fiador que la Gestora considera bastante.

Acto seguido y a propuesta de la Alcaldía se acuerda mantener en el ejercicio económico de mil novecientos cuarenta el recargo municipal del treinta y dos por ciento sobre las cuotas del Tesoro de la contribución Industrial y de Comercio.

Incontinenti y leídas instancias suscritas por Francisco Pérez Delgado, Antonio Redondo Fernández, Felipe Gutiérrez Muñoz, Calixto García Piedrabuena, Tomás Gómez Díaz y Felipe Gutiérrez Bernabé, por unanimidad se acuerda el que continúe sobre la mesa la primera por falta de Gestores compatibles para resolverla; que se inste por el segundo la incoación de expediente de pensión por jubilación para la concesión de la correspondiente si procede con arreglo a las normas legales en vigor en la materia; desestimar la tercera por estar nuevamente cubierta la vacante de vigilante nocturno interino que en ella se solicita; que queden también sobre la mesa las de Calixto y Tomás hasta que se sepa con certeza le número de parcelas vacantes de usufructuario y a fin de que puedan concurrir al llamamiento que en su día se haga para cubrirlas otros vecinos de igual derecho; y desestimar la sexta por no serle de aplicación el Decreto de 25 de agosto del año en curso, ya que fue destituido con anterioridad al 18 de julio de 1936.

Acto seguido y leído que fue por orden de la Presidencia escrito suscrito por los herederos de D. José Molina Correal (Presente) llamados D. Miguel, Dª Rufina, Dª Nicolasa y Dª Teresa Molina Gómez, y a título de autorización de esta última, por su marido D. Román Muñoz Mohedano, en que se reclama a este Ayuntamiento la cantidad de ocho mil seiscientas ochenta y cuatro pesetas cuarenta y cinco céntimos por alquileres del edificio en que está alojada la Guardia Civil devengados desde el día 16 de enero de mil novecientos treinta y seis, hasta el 30 de septiembre del corriente año exigibles a juicio de los reclamantes; enterada la Corporación y discutido el asunto con el detenimiento y ponderación que su importancia así en el aspecto material como en el moral, por afectar a huérfanos del repetido D. José Molina Correal martirizado por Dios y por España, requiere, por unanimidad, se acuerda: 1º Reconocer a los solicitantes en el proyecto de presupuesto Municipal para el ejercicio económico de mil novecientos cuarenta un crédito de dos mil seiscientas ochenta y tres pesetas cuarenta y seis céntimos, de las cuales, mil ochocientas noventa y cinco corresponden a alquileres del Hotel Parisiana desde el día diez y seis de enero al diez y siete de julio de mil novecientos treinta y seis, y las restantes a diferencia de atrasos por el mismo concepto de los meses de mayo a septiembre inclusive del año actual y que por falta de consignación presupuestaria en los de mil novecientos treinta y seis prorrogado hasta el treinta de junio del corriente y el semestre en vigor, no pueden por ahora hacerse efectivos sino mediante el expresado reconocimiento de créditos, prescindiendo de la transferencia por estar agotadas o a punto de agotarse todas las consignaciones del presupuesto de este semestre, y de la habilitación por no estar liquidado el anterior; y 2º Librar a los peticionarios novecientas treinta peseteas cuarenta y tres céntimos por alquileres correspondientes a los meses de abril (mitad del contrato), mayo, junio, julio, agosto y septiembre del presente año a razón de mil setecientas cuarenta pesetas anuales con que venía dotado este concepto en el tantas veces citado presupuesto municipal de este Ayuntamiento para el año de mil novecientos treinta y seis y que por inadvertencia debida a no haber tenido el contrato a la vista al hacer el anteproyecto, se mantuvo en el ordinario para el semestre actual, resolución que la Gestora fundamenta a que es perfectamente aplicable al caso el párrafo 1º del art. 4º de la Ley de nuestro Glorioso Caudillo en que se reglamentan los arrendamientos de fincas urbanas enclavadas en territorios que estuvieron sometidos a la dominación roja toda vez que, si en la párrafo y art. citados se exime de pago a los arrendatarios o subarrendatarios que no pudieron ocupar su vivienda sin riesgo de sus personas, de las de sus parientes más allegados o de sus bienes, con mayor motivo debe eximirse a las personas naturales o jurídicas  que como los Ayuntamientos sitos en dicha Zona Roja murieron el diez y ocho de julio de mil novecientos treinta y seis a manos de la turba marxista juntamente con los organismos provinciales y estatales, pues no se les ocultará a los Sres. Molina que a partir de la citada y gloriosa fecha, la vida de todos estos organismos no fue sino una sarcástica ficción mantenida por los cabecillas marxistas en la prensa oficial y extraoficial y en la radio-difusión para ocultar la anarquía, desde aquella fecha hasta la liberación, imperante en la titulada Zona Leal, y con ella la imposibilidad de cumplir ninguna obligación jurídica, y evitar su total descrédito en las naciones democráticas a fin de que éstas continuaran surtiéndoles de armas con que defender las monstruosa revolución por ellos desencadenada, y aun el mejor de los casos para los reclamantes, en el que se admita que el Ayuntamiento de Fuencaliente, a pesar de que en él dejó de tener representación minoría alguna que no perteneciese al infernal engendro llamado Frente Popular, subsistió durante esa nefasta época, es de una claridad meridiana que fue objeto de violencia en sus derechos emanados del contrato de alquiler, puesto que al aumentarse la Guardia Civil de la localidad, fue ipso facto ocupado el edificio destinado a Cuartel por la entidad marxista más potente y desde el mismo momento el Municipio se vio imposibilitado para utilizar el local ni para cuartel ni para ningún otro uso de los que con arreglo a aquel podía destinarlo; porque por desgracia todos los adoptantes de este acuerdo y cuantos habitaron en la Zona Roja saben que desde el dieciocho de julio de mil novecientos treinta y seis hasta el dos de enero del año siguiente imperó en ella el terror de los Comités Revolucionarios y en la fecha últimamente expresada el titulado Gobierno de la República decretó la disolución de los Ayuntamientos y el paso de sus funciones a los llamados Consejos Municipales con los que pretendió legalizar la situación de hecho y solo consiguió anular legalmente la personalidad municipal antigua que fue sustituida por el soviet, es decir que para esta Comisión Gestora en el caótico estado de cosas iniciado en la Zona Roja a raíz del Glorioso Movimiento Nacional este Ayuntamiento dejó de existir o para el caso que se le repute superviviente durante la tragedia no tuvo absolutamente facultad de disposición del inmueble; porque ni la representación del Estado Español radicante en Burgos, ni el propietario del mismo vilmente asesinado por la canalla roja, ni aun los propios Comités ni milicias, podían desahuciar a la entidad ocupante y por ende  garantizarle un pacífico goce para ninguna clase  de unos derecho del arrendatario y obligación correlativa del arrendador según el artículo mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil y no existiendo en modo alguno esta posibilidad debe ser absuelto aquel del pago del alquiler en el tan repetido lapso de tiempo, doctrina que con su sapiencia el Caudillo confirma en la citada Ley.

Y por último y conocida que fue de la Corporación instancia firmada por Dª Francisca Gómez Robledo, madre de D. Segundo Gil Gómez, farmacéutico titular de este Ayuntamiento, asesinado por los rojos solicitando pensión a tenor de lo dispuesto en el Decreto de 3 de mayo de 1938, acordó por unanimidad que visto el Estatuto de Clases Pasivas se conceda, si procede con arreglo a él la pensión. Y la Presidencia levantó la sesión a la trece hora y de ella la presente que firmarán los Gestores concurrentes y que yo el Secretario autorizo. Pedro Vázquez. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Cirilo Gutiérrez. Arnulfo Muñoz. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a catorce de noviembre de mil novecientos treinta y nueve y siendo la diez hora, se reunieron en estas Casas Consistoriales, bajo la presidencia de D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez y D. Cirilo Gutiérrez Pérez.

Abierta la sesión y leída el acta de la anterior que es unánimemente aprobada, se da cuenta por la Presidencia de gestiones hechas en Madrid para alquilar a Dª Florentina Benítez Mohedano la casa número diez de la Plaza de España de esta villa que habría de destinarse a Oficina de Telégrafo y Escuela de Niñas número dos. Enterada la Corporación por unanimidad acuerda que se celebre el contrato con Dª Florentina Benítez precio anual de mil cuatrocientas pesetas, por cinco años de vigencia contados desde el día que efectuadas por cuenta del Ayuntamiento las obras de adaptación del inmueble a los nuevos usos queden en él instalados los correspondientes servicios.

Acto seguido y leída instancia suscrita por D. Francisco Pérez Delgado en la que solicita el cargo de Guarda Municipal de Montes, fundado en su condición de excombatiente, la Gestora acuerda que en consideración al mérito que ostenta y a pesar de que D. Demetrio Vázquer Delgado  lo desempeña a su entera satisfacción, el cese de éste y su sustitución por el solicitante con el mismo carácter de interino hasta que aprobadas las nuevas plantillas se proceda por concurso a la provisión en propiedad de ésta y las demás vacantes existentes en el Municipio.

Y sin más asuntos que resolver la Presidencia levantó la sesión a las once horas y de ella la presente que firmarán los Gestores asistentes y de que yo, el Secretario, certifico. Pedro Vázquez. Carlos Fernández. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Cirilo Gutiérrez. Arnulfo Muñoz. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DE 1939. AÑO DE LA VICTORIA

En la villa de Fuencaliente a veintiocho de noviembre de mil novecientos treinta y nueve y siendo la diez hora, se reunieron en estas Casa Consistorial bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Pedro Vázquez Delgado, los Gestores D. Arnulfo Muñoz Díaz, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Cirilo Gutiérrez Pérez y D. Faustino García Checa.

Abierta la sesión por la Presidencia se procede por orden de ésta a la lectura del acta de la anterior que es aprobada.

Acto seguido y a propuesta del Sr. Alcalde-Presidente, se acordó solicitar del Ilmo. Sr. Delgado de Hacienda de Ciudad Real la autorización necesaria para prescindir de las siguientes rela, digo, exacciones de las relacionadas en el artículo 535 del Estatuto Municipal durante el corriente ejercicio económico, a saber, cédulas personales, carruajes de lujo, arbitrios sobre circulación, sobre Casinos y Círculos de recreo, sobre terrenos incultos, recargos sobre el producto bruto de las Minas y sobre la contribución de utilidades de la riqueza mobiliaria, arbitrio sobre el rendimiento neto de las Compañías Comanditarias y Anónimas, recargo sobre el impuesto de Timbre de Espectáculos, Arbitrio sobre Inquilinato (de escaso o nulo rendimiento durante los años que se utilizó), y del Repartimiento General, por concurrir en todos y cada uno de ellos alguna de las circunstancias señaladas en los apartados uno y dos del art. 55 del Reglamento de Hacienda Municipal y en su consecuencia se procedió a formar las Ordenanzas de las demás exacciones de que ha de nutrirse el Presupuesto referido y que las mismas sean expuestas al público por quince días para reclamaciones.

Después el Sr. Alcalde expuso a la Corporación que, habiendo de nutrirse el Presupuesto de este Municipio para el próximo año económico de los arbitrios de Pesas y Medidas, sobre el consumo de bebidas espirituosas y alcohólicas, y el de degüello de reses y carnes frescas y saladas, formadas las correspondientes Ordenanzas y acordadas las tarifas para cada uno debía asimismo de proveerse sobre el procedimiento de exacción. Enterada la Corporación y convenientemente discutido el tema, por unanimidad se acuerda: 1º Que se proceda al arrendamiento de los arbitrios expresados en subasta pública sirviendo de bases los pliegos de condiciones que rigen el presupuesto semestral en curso; 2º Fijar el tipo de tasación para el arbitrio de Pesas y medidas  en la cantidad de dos mil doscientas cincuenta y tres pesetas, el de degüello de reses en el matadero y Carnes frescas y saladas en quince mil pesetas y el de Bebidas espirituosas y alcohólicas en doce mil; 3º Señalar para la celebración de las citadas subastas el día treinta de diciembre próximo, a las diez, las diez y media y las once horas respectivamente y que si alguna de ellas se declarase desierta por falta de licitadores, se celebre otra segunda el día diez de enero venidero a las mismas horas y con el mismo tipo de tasación.

Y sin más asuntos le Sr. Presidente levantó la sesión a la doce horas y de ella la presente acta que firmarán los Gestores asistentes y de que yo el Secretario, certifico. Pedro Vázquez. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Cirilo Gutiérrez. Arnulfo Muñoz. Faustino García. Eugenio Muñoz.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN GESTORA EL 14 DE DICIEMBRE DE 1939

Concurrentes: Presidente: D. Pedro Vázquez Delgado. Teniente: D. Arnulfo Muñoz Díaz. Concejales: D. Víctor Alonso Muñoz, D. Brígido Delgado Menasalvas, D. Carlos Fernández Domínguez, D. Cirilo Gutiérrez Pérez, D. Faustino García Checa.

En la villa de Fuencaliente a catorce de diciembre de mil novecientos treinta y nueve, siendo las diez horas, previa convocatoria al efecto y bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Pedro Vázquez Delgado, se constituyó el Ayuntamiento en estas Casas Capitulares, compuesto por los Concejales que al margen se expresan, en sesión ordinaria, al objeto de proceder a la discusión y votación definitiva del presupuesto ordinario de este municipio para el año de mil novecientos cuarenta, cuyo proyecto ha sido formado por la Comisión de Hacienda, habiéndose llenado las demás formalidades legales.

Abierta públicamente la sesión por el señor Presidente, yo el infrascrito Secretario, de orden del mismo, procedí a dar lectura íntegra, por capítulos y artículos, de las partidas de ingresos y gastos que en dicho presupuesto se detallan cuyos créditos fueron discutidos. Y encontrándolos en su totalidad conformes con los servicios que vienen siendo necesarios a las Corporación municipal, previo el aumento de consignación en alguno de éstos impuesto por el encarecimiento de la vida originado por la insensata revolución marxista; así como los recursos de la Localidad establecidos para atender aquéllos, también incrementados por la repercusión en ellos de la revolución y guerra para aplastarla, se acuerda en definitiva y por unanimidad aprobar el presupuesto de que se trata, fijando los ingresos y los gastos en las cifras que por capítulos se expresan seguidamente. Gastos, capítulo primero obligaciones generales, veintitrés mil doscientas ochenta y cinco pesetas ochenta y un céntimos; capítulo segundo representación municipal, setecientas cincuenta pesetas; tercero vigilancia y seguridad, tres mil setecientas veinticinco; cuarto policía urbana y rural, tres mil doscientas veinticinco; sexto personal y material de oficina, diez mil novecientas ochenta y cinco; séptimo salubridad e higiene, ocho mil setecientas noventa y cuatro pesetas y dos céntimos; octavo beneficencia, doce mil seiscientas diez; noveno asistencia social, tres mil cuatrocientas noventa y siete; décimo instrucción pública, mil doscientas veinticinco; undécimo obras públicas, dos mil seiscientas cincuenta; doce montes, mil ochocientas veinticinco; trece fomento de los intereses comunales, doscientas ochenta y cinco; diez y siete agrupación forzosa del municipio, quinientas setenta y siete pesetas diez y seis céntimos; diez y ocho imprevistos, mil. Total, de setenta y siete mil cuatrocientas treinta y tres pesetas noventa y nueve céntimos. Y los expresados ingresos en el capítulo primero rentas, mil doscientas veintitrés pesetas treinta y seis céntimos; segundo aprovechamiento de bienes comunales, veintiocho mil seiscientas pesetas; quinto eventuales y extraordinarios, nueve mil seiscientas cuatro pesetas sesenta y siete céntimos; octavo derechos y tasas, tres mil novecientas tres; noveno cuotas recargos y participación en tributos nacionales, seis mil novecientas setenta y dos pesetas noventa y seis céntimos; décimo imposición municipal, veintisiete mil; y once multas, cincuenta pesetas. Y el total en setenta y siete mil cuatrocientas treinta y tres pesetas noventa y nueve céntimos.

Asimismo, quedó acordado que el presupuesto acordado en tal forma se exponga al público por término de quince días, y que durante este plazo se remita al Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda copia certificada del mismo, todo a los efectos del art. trescientos del Estatuto Municipal, aprobado por Real Decreto de 8 de mayo de 1924. 

Acto seguido y también por el Sr. Presidente se puso de manifiesto el proyecto de Padrón de familias pobres de la Beneficencia Municipal para el próximo año de mil novecientos cuarenta formado por la Junta Municipal de Beneficencia y, examinado que fue por la Corporación con el necesario detenimiento, es aprobado por unanimidad por estimar que ha sido formado con estricta observancia de las normas contenidas en la Orden de la Dirección general de Administración local de cuatro del actual, y que queda integrada por los siguientes cabezas de familia.

  1. Primitivo Muñoz García
  2. Francisca Gutiérrez Lorente
  3. Salustiana Trenado Bernabé
  4. Francisco Morales Trenado
  5. Francisco Ramírez Gutiérrez
  6. Vicenta Carretero Sánchez
  7. Paula Muñoz Valverde
  8. Petra Pareja López
  9. Florentina Camacho Díaz
  10. Isabel Díaz Díaz
  11. Josefa Lozano García
  12. María García Cantador
  13. Antonia Gómez Ruiz
  14. María del Pilar Ruiz Gutiérrez
  15. Encarnación Ramírez Díaz
  16. Alberta Fernández Pozo
  17. Francisco Ruiz Mansilla
  18. Antonio Castellanos Poyatos
  19. Alfonso Ruiz Benítez
  20. Juana López Valverde, digo Álvarez
  21. Aurelia Fernández Carrasco
  22. Tomás Gutiérrez Muñoz
  23. Fausta Ramos Camacho
  24. Florentina Canal Carmona
  25. Antonio Rodríguez Poblete
  26. Francisca Lozano Canal
  27. José Ruiz García
  28. Fermín Muñoz Muñoz
  29. Brígida Prieto Martín
  30. Josefa Casado Fernández
  31. Petra Casado Gil
  32. Felisa Fernández Lorente
  33. Plácida Gutiérrez Piedrabuena
  34. Julia Camacho Díaz
  35. Ana Ramírez Díaz
  36. Josefa Muñoz Castilla
  37. Emperatriz Santos Limón
  38. Virginia Castilla García
  39. Teodora Muñoz López
  40. Francisca Cepas Pérez
  41. Francisca Duque Pozo
  42. María de la Cabeza Gómez Ramírez
  43. Agustina Castellanos Redondo
  44. María Valverde Corpas
  45. María del Carmen Villarejo
  46. Juana Pérez del Campo
  47. Valentina Castellanos Redondo
  48. Juana Díaz Pozo
  49. María Fernández Valverde
  50. Julia Pérez Gómez
  51. Antera Arévalo Fernández
  52. Atilana Esteban Lozano
  53. Venencia Lozano Fernández
  54. María Juana Lorente Adán
  55. Irenea Cepas Fernández
  56. Visitación Pozo Camacho
  57. Ana María Mata Duque
  58. Petra Fernández Pozo
  59. Francisca Díaz Valbuena
  60. Dionisio Lozano Díaz
  61. Juana Ramírez Checa
  62. Natividad Díaz Martín
  63. María Adán Gómez
  64. Manuela Fernández Checa
  65. Constanza Pérez Gómez
  66. Ana Soto Muñoz
  67. Dominga Fernández Duque
  68. María Josefa Fernández Pozo
  69. Rafaela Santos Muñoz
  70. Inocencia Pérez Gómez
  71. Feliciana Mata Gómez
  72. Lucía Poyatos Ramírez
  73. Bonifacia Rodríguez Lozano
  74. Isabel Lorente Peralta
  75. Isabel Mata Castellanos
  76. Isabel Muñoz López
  77. Benita Gómez Lozano
  78. Inocencia Pareja Rísquez
  79. Ignacio Castellanos Pozo
  80. María Pozo Mata
  81. Micaela Redondo Lorente
  82. Concepción Morales Lozano
  83. Felipe Adán Gómez
  84. Urbana García Fernández
  85. Mariana Conde Beltrán
  86. Felisa Mata Gómez
  87. Consuelo del Campo Peña
  88. Simón Trenado Bernabé
  89. Hilaria García Duque
  90. Lucía Fernández Nevado
  91. Desiderio Pozo Gómez
  92. Puesto de la Guardia Civil

Incontinenti y dada cuenta por la Presidencia de Orden del Ministerio de la Gobernación de 30 de octubre último y examinada que fue por la Corporación le nueva plantilla de funcionarios de esta Municipalidad que habrá de regir durante el próximo año de 1940 por unanimidad se acuerda que se inste la inserción de la misma en el Boletín Oficial de la provincia de dicha plantilla aprobada y que se remita una copia de esta y otra de la actualmente en vigor a la Dirección General de la Administración Local para su estudio comparativo a tenor de lo dispuesto en la precitada Orden; así como el que con la mayor urgencia se anuncia la provisión de las vacantes que en la primera se declaran.

A continuación enterada la Comisión Gestora de otra Orden de la Dirección General de Sanidad de 25 de noviembre último sobre anuncio de la vacante de Sangrador Farmacéutico Municipal también por unanimidad se acuerda sea cumplimentada.

Y la Presidencia levantó la sesión a la trece hora y de ella la presente acta que firmarán los Gestores asistentes y que yo el Secretario, autorizo. Pedro Vázquez. Víctor Alonso. Brígido Delgado. Faustino García. Arnulfo Muñoz. Cirilo Gutiérrez. Eugenio Muñoz.

28 DE DICIEMBRE DE 1939

Diligencia: Para hacer constar que en el día de la fecha no celebró sesión la Comisión Gestora Municipal por falta de asuntos que resolver. Fuencaliente 28 de diciembre de 1939. Año de la Victoria. El Alcalde Pedro Vázquez. El Secretario Eugenio Muñoz.