10 de marzo de 2021

LIBRO DE ACTAS Nº 2/ AÑO 1935

AYUNTAMIENTO DE FUENCALIENTE
AÑO 1935

Copia de las Actas de las Sesiones del Ayuntamiento de Fuencaliente celebradas en el año 1935 y que se recogen en el LIBRO DE ACTAS Nº 2 del Archivo Municipal. 

En otra entrada de este blog, Libro de Actas Nº 2/ Guerra Civil, hacemos un resumen y descripción de este fondo documental del Archivo. El Libro de Actas Nº 2 recoge actas de las sesiones del Ayuntamiento de Fuencaliente celebradas entre los años 1935 (octubre) y 1939 (abril). El acta última del Libro es la correspondiente a la sesión celebrada el día 13 de abril de 1939. El LIBRO DE ACTAS Nº 2 contiene las actas de todas las sesiones que celebró el Ayuntamiento de Fuencaliente durante la Guerra Civil.

Para los interesados en este periodo dramático de nuestra historia hemos hecho la trascripción literal de dichas actas, sin añadir ni quitar palabra alguna. Tan solo hemos resaltado en letra negrita los nombres de las personas que aparecen en las actas y algunas palabras que reflejen el asunto tratado en cada párrafo,

En este blog hacemos una copia de las actas de las sesiones que el Ayuntamiento de Fuencaliente celebró en los años 1935, 1936, 1937, 1938 y 1939 (hasta abril), que son todas las que se recogen en el LIBRO DE ACTAS Nº 2. En esta entrada hacemos una transcripción de las actas de las sesiones que se celebraron en 1935, desde octubre.

ACTA DE LA SESIÓN DE 12 DE OCTUBRE SUPLETORIA A LA ORDINARIA DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DE 1935

En Fuencaliente a doce de Octubre de mil novecientos treinta y cinco, previa convocatoria al efecto con expresión de los asuntos que habían de ser tratados, se reunieron en el Salón de sesiones de este Ayuntamiento bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Felipe García y García, para celebrar la supletoria correspondiente a la ordinaria del día diez del actual, que no tuvo lugar por falta de número de Concejales, asistiendo a la misma D. Manuel Díaz Gómez, D. Juan Antonio Santos García y D. Teófanes Díaz Delgado, dejando de concurrir D. Víctor Alonso Muñoz, D. José Delgado Menasalvas, D. Lucio Maestre Lobato, D. Luis Ramírez Fernández, D. Teodoro Pérez Santos, y D. Nicanor García Díaz sin haberse excusado.

Siendo la hora de las diez el Sr. Presidente declaró abierta la sesión, procediendo yo el Secretario a la lectura del acta anterior que fue aprobada.

Acto seguido fue puesto de manifiesto una comunicación de la Alcaldía de Andújar por la que participa a este Ayuntamiento que se adhiere a la propuesta hecha respecto a la construcción de un camino vecinal que partiendo de esta población enlace con la carretera de Andújar a Puertollano, hallándose dispuestos a cooperar y dar las máximas facilidades para ello. Enterados los señores de la Corporación presentes, acuerdan por unanimidad, que previo acuerdo con la de Andújar, se traslade una Comisión de este Ayuntamiento y personas a quienes pueda interesar dicho Camino, a Andújar con el fin de celebrar una reunión y tratar de este asunto, haciendo para ello la gestión oportuna el Sr. Alcalde.

Del mismo modo se dio cuenta de una circular de la Unión de Municipios Españoles, dirigida a esta Alcaldía, en la que se expresa que, ante los graves perjuicios que la Ley de Coordinación sanitaria de 11 de Julio de 1934 está causando a los Ayuntamientos imposibilitando su vida económica, se había tomado el acuerdo de seguir hasta el fin el recurso de inconstitucionalidad que tiene iniciado contra dicha Ley el Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera (Salamanca) y como son muchos los gastos y cuantiosa la fianza que el Tribunal de Garantías exige, se interesa de las Corporaciones se contribuya voluntariamente si se cree procedente, con una adhesión y ayuda económica. Discutido detenidamente el asunto expuesto, los señores de la Corporación presentes reconocieron unánimemente los perjuicios que la expresada Ley ocasiona, acordando adherirse a la proposición que hace la Unión de Municipios Españoles y contribuir con veinticinco pesetas para ayuda de gastos en el recurso de que se trata, abonándose dicha cantidad con cargo al Capítulo de Imprevistos del presupuesto municipal.

Después se hizo uso de la palabra por el Sr. Alcalde, exponiendo que, para llevar a efecto el acuerdo adoptado en la sesión celebrada el día veintinueve de Agosto anterior sobre construcción de alcantarillas en las calles del Castillo y Pedriza, por subasta, no se contaba con el proyecto y presupuesto correspondiente para tal obra y consideraba preciso este requisito. Enterada la Corporación de lo expuesto por la Alcaldía, apreció la necesidad de contar para verificar la subasta oportuna con el proyecto de las obras que se han de ejecutar, acordando en consecuencia por unanimidad se encargue a un maestro albañil de esta localidad, por no haber Maestro de obras matriculado, y hecho se someta al estudio de la Corporación para su aprobación o reparos.

Por último se prestó aprobación a las siguientes cuentas: una del Capítulo 1º Artículo 2º de doscientas ochenta y una pesetas veinticinco céntimos a Nieves Ramírez y otros por la pensión que disfrutan como herederos del ex-Secretario D. Mariano Ramírez correspondiente al tercer trimestre del año actual; otra del Capítulo 1º Artículo 10 de doscientas setenta y cinco pesetas a Calixto Gutiérrez por alquiler del local de las oficinas del telégrafo del primer semestre del año actual; otra del mismo Capítulo 1º Artículo 10 de seiscientas veinticinco pesetas a Teresa Muñoz Díaz por alquiler de la casa cuartel del primer semestre del año actual; otra del Capítulo 6º Artículo 1º de sesenta y dos pesetas cincuenta céntimos a Antonio Redondo como gratificación por sus servicios de encargado del reloj municipal, respectiva al tercer trimestre del año actual; otra del mismo Capítulo 6º Artículo 1º de sesenta y una peseta cincuenta y cinco céntimos al Secretario de la Corporación importe de los efectos timbrados suministrados al Ayuntamiento en el tercer trimestre del año actual; otra del Capítulo 10 Artículo 2º de doscientas setenta y cinco pesetas a Feliciana Delgado Fernández por alquiler del Local de la Escuela de niñas nº 2 del primer semestre del año actual; y otra del Capítulo 11 Artículo 3º de treinta y dos pesetas a Emiliano Mata y Eufemio Trenado por jornales invertidos en la reparación del empiedro de la Plaza obra llevada a efecto en el mes de Septiembre actual.

Con lo cual se dio por terminada la sesión levantándose la presente acta que leída y hallada conforme la firman los señores concurrentes expresados de que yo el Secretario certifico.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 1935

En Fuencaliente a treinta y uno de Octubre de mil novecientos treinta y cinco. Previa convocatoria al efecto expresiva de los asuntos que habían de ser tratados, se reunieron en el Salón de sesiones de estas Casas Consistoriales, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Felipe García y García para celebrar sesión ordinaria los señores Concejales D. Manuel Díaz Gómez, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Luis Ramírez Fernández, D. Lucio Maestre Lobato, D. Juan Antonio Santos García y D. Teófanes Díaz Delgado, dejando de concurrir D. José Delgado Menasalvas, D. Teodoro Pérez Santos, y D. Nicanor García Díaz sin haberse excusado.

Siendo la hora de las diez el Sr. Presidente declaró abierta la sesión, procediendo yo el Secretario a la lectura del acta anterior que fue aprobada.

Seguidamente fue puesto de manifiesto un oficio del Comandante del puesto de la Guardia Civil de esta Villa, dando traslado de una orden de sus superiores para participarle al Ayuntamiento que en vista de no haber dado principio hasta la fecha a las obras para ampliación de dos pabellones en esta casa-cuartel para la pareja que fue aumentada en este puesto, y las reparaciones que sean necesarias, se lleven a efecto con la mayor urgencia concediendo para ello el plazo de un mes, que de no efectuarlo en dicho tiempo propondrán a la superioridad la supresión del referido puesto. Enterados los señores de la Corporación presentes del asunto expuesto, consideraron que, toda vez que la dueña del local que hoy ocupa el puesto de esta Villa tiene expresado que no estaba dispuesta a efectuar obras de ampliación y que necesitaba su local para habitarlo por carecer de otra casa habitación, pero que no siéndole esto muy urgente lo dejaba a disposición del Ayuntamiento por uno o dos años, y no existiendo acuerdo alguno de esta Corporación por el cual se tenga ofrecido que se habían de hacer obras para la ampliación de dos pabellones, mas teniendo en cuenta que el Municipio carece de Local adecuado y de medios económicos para tratar de momento de la construcción de un local para el uso de Casa Cuartel, había que pensar como en otras ocasiones en alquilar un local conocido por Hotel Parisiana, por ser el único de esta Villa que, previas algunas reformas, había de reunir condiciones; acordándose por unanimidad se hagan las gestiones oportunas con su dueño a tal objeto, siempre que el precio del arriendo anual no exceda de dos mil quinientas pesetas sin ningún otro gasto para el Ayuntamiento, como igualmente sin compromiso alguno para éste, si el local de que se trata no fuera aceptado por la Guardia Civil, comisionándose al Concejal D. Teófanes Díaz para que lleve a efecto la gestión, el cuál la acepta.

Igualmente fue puesta de manifiesto una carta del Sr. Alcalde de Andújar que interesa el envío de copia de la memoria y proyecto del camino que se proyecta entre esta población y la carretera de Andújar a Puertollano, con indicación del punto mas a propósito en que se haga el enlace con dicha carretera, por interesarlo los Concejales de aquel Ayuntamiento para mejor estudiarlo, e invitándose en la misma a recibir a esta Corporación para tratar del asunto. Enterada la Corporación de dicha carta y toda vez que del proyectado camino aun no se ha llegado a la confección de proyecto alguno ni mas gestión hasta ahora que la petición de varios vecinos de esta localidad a este Ayuntamiento para que fuera solicitada su construcción, y al haberse dirigido esta alcaldía a la de Andújar por atañar a los dos términos respectivos pidiendo su cooperación para llevar a efecto la construcción del referido camino, previos los trámites reglamentarios, se acuerda que como trámite previo se requieran a los firmantes del escrito por el Sr. Alcalde para un cambio de impresiones con los mismos y poder conocer las aportaciones que en cada caso habían de ofrecerse.

También fue dada cuenta de una instancia de Teresa Cortecero Bernabé por la que solicita autorización para la construcción de un nicho de dos pisos en el Cementerio y a tal efecto que le sea cedido el terreno correspondiente a perpetuidad para lo cual ha hecho el depósito previo de cien pesetas que es su valor según la tarifa correspondiente, acordándose por unanimidad de la Corporación de acuerdo con lo solicitado.

A continuación fue puesta de manifiesto otra instancia de D. Manuel García Gil en la que manifiesta que siendo insuficiente la cantidad que este Ayuntamiento viene abonando a los Maestros como indemnización por casa habitación, por no alcanzar dicha cantidad al precio corriente de los alquileres en la Localidad, y que si bien es la fijada por el Estatuto General del Magisterio, existen otras disposiciones que obligan a los Ayuntamientos a proporcionar casa decente y capaz, o en su defecto a abonar la cantidad suficiente para pagar el alquiler de la casa que ocupe, y expresando además que se le reconozca el crédito correspondiente a ocho meses del año actual que por falta de consignación en el presupuesto, no se le ha abonado la indemnización de casa. Enterada la Corporación municipal de referida instancia y en cumplimiento a la reciente Circular del Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia publicada en el Boletín Oficial, que declara obligados a los Ayuntamientos a proporcionar casa decente y capaz para los maestros y sus familias, y si no la posee suministrársela pagando lo que sea corriente en la localidad en concepto de alquiler, se acuerda por unanimidad que se consigne en el presupuesto del año próximo la cantidad de trescientas veinticinco pesetas para indemnización por casa habitación, para cada maestro que se encuentre en condiciones de suministrarle casa que no sea propiedad del Ayuntamiento, y que se le reconoce al solicitante un crédito de ciento veinticinco pesetas correspondientes a seis meses del corriente año, que ha carecido de casa habitación y no se le ha abonado por falta de consignación, cuyo crédito se consignará en el presupuesto del año próximo.

Después fueron puestas de manifiesto dos relaciones presentadas por el Farmacéutico D. Segundo Gil Gómez y los herederos del Farmacéutico D. Faustino Muñoz Pozo, de las medicinas suministradas a la Beneficencia municipal en el tercer trimestre del año actual. La del primero importante quinientas cuarenta y siete pesetas cinco céntimos, y la de los segundos ciento diez y nueve pesetas ochenta y cinco céntimos. Las que fueron aprobadas por la Corporación.

Con lo cual y no habiendo mas asuntos de que tratar se dio por terminada la reunión levantándose la presente acta que leída y hallada conforme la firman los señores concurrentes de que yo el Secretario certifico.

ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DE 1935

En Fuencaliente a veintiuno de Noviembre de mil novecientos treinta y cinco. Previa convocatoria al efecto expresiva de los asuntos que habían de ser tratados, se reunieron en el Salón de sesiones de estas Casas Consistoriales, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Felipe García y García, para celebrar sesión ordinaria los señores Concejales D. Manuel Díaz Gómez, D. Luis Ramírez Fernández, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Lucio Maestre Lobato, D. Juan Antonio Santos García y D. Teófanes Díaz Delgado, dejando de concurrir D. José Delgado Menasalvas, D. Nicanor García Díaz, y D. Teodoro Pérez Santos, sin haberse excusado.

Siendo la hora de las diez, el Sr. Presidente declaró abierta la sesión procediendo yo el Secretario a la lectura del acta anterior que fue aprobada.

Por el Sr. Alcalde se dio cuenta de la Orden el Ministerio de Trabajo, Justicia y Sanidad de fecha 8 del actual, inserta en la Gaceta del día 9, disponiendo que los Ayuntamientos que vinieren percibiendo el recargo de una décima sobre las contribuciones territorial e industrial conforme a la autorización concedida en el Decreto de 18 de Julio de 1931, procederán a ratificar su acuerdo, que para que sea válido habrá de ser adoptado por el número de Concejales que preceptúa el artículo 1º de igual disposición de 29 de Agosto último, o sea por las dos terceras partes de los que estén en ejercicio de sus cargos. Estudiadas las dos disposiciones mencionadas por la Corporación municipal, se acordó por unanimidad ratificarse en el acuerdo anterior para acogerse al recargo de la décima en la contribución territorial y industrial, para atenciones de paro obrero, y seguir percibiendo dicha décima, debiendo dar cuenta de esta ratificación a los Excmos Sres Ministros de la Gobernación, Hacienda, y Trabajo por certificación de este acuerdo, acompañando los datos que se expresan en la Orden referida de 8 de los corrientes.

Seguidamente se dio cuenta a la Corporación de las cantidades pendientes de pago por falta de consignación en el presupuesto ordinario del ejercicio actual, que son: cuatro mil quinientas pesetas a D. Domingo Mozo, Ayudante de la Sección Agronómica de Ciudad Real, por sus honorarios y gastos de la parcelación hecha del monte Navalquejigo de estos Propios, que le encomendó este Ayuntamiento; sesenta y siete pesetas noventa céntimos al Médico titular correspondientes por asistencia a la Guardia Civil desde el 11 de Agosto anterior hasta el 31 de diciembre próximo; treinta y tres pesetas noventa y cinco céntimos al Practicante por igual concepto y periodo de tiempo; ciento treinta y cuatro pesetas veinte céntimos al Farmacéutico D. Segundo Gil por suministro de medicinas a la Beneficencia en parte del cuarto trimestre de 1935; ciento veinticinco pesetas al Maestro Nacional de niños por casa habitación correspondiente al segundo semestre del año en curso; y cien pesetas para socorros a presos y detenidos en este Depósito municipal durante el presente año, haciendo un total de cinco mil cuatrocientas sesenta y una pesetas cinco céntimos; enterada la Corporación les prestó su aprobación acordando que para su abono se consignen dichas cantidades en el presupuesto para el año próximo como créditos reconocidos.

También se dio cuenta del anteproyecto de gastos del presupuesto municipal ordinario para el año 1936, formado por el Secretario de la Corporación, quedando la Corporación enterada y apremiando a la Comisión de Hacienda y Presupuestos para que en cumplimiento de su cometido formulen el proyecto oportuno sin más dilaciones.

Después el señor Alcalde dio cuenta del resultado del viaje hecho a Andújar por la Comisión de este Ayuntamiento compuesta del Concejal D. Manuel Díaz y él, en compañía de otros señores vecinos de esta localidad y propietarios de aquel término, para tratar con el Ayuntamiento de la expresada ciudad de Andújar sobre el proyecto de construcción de un camino interprovincial que saliendo de esta población fuera a enlazar con la carretera de Andújar a Puertollano, y que en la reunión celebrada había sido acogida la idea con el mayor interés, habiéndose recibido después de dicha entrevista una comunicación expresiva de que el Ayuntamiento de Andújar está dispuesto a abonar la parte proporcional que le corresponda para la confección del proyecto de referido camino y en continuar de acuerdo con este Ayuntamiento para hacer cuantas gestiones sean necesarias para la realización de tales proyecto, acordándose en consecuencia que por el señor Alcalde se ponga al habla con persona competente para la confección del proyecto oportuno y de cuenta del resultado para seguidamente comunicarlo a la alcaldía de Andújar.

Acto seguido se dio cuenta de una instancia del arrendatario de pastos del monte Peña Rodrigo de estos Propios, solicitando autorización para pastar en el mismo con ganado lanar, en equivalencia al ganado vacuno autorizado, dándose por enterada la Corporación.

A continuación el señor Alcalde dio conocimiento a la Corporación del resultado de la gestión que le había sido encomendada al concejal D. Teófanes Díaz referente al arriendo del local conocido por Hotel Parisiana, para alojamiento del Puesto de la Guardia Civil, el que arriendan en la cantidad de tres mil ochocientas pesetas anuales, siendo de necesidad adoptar el acuerdo que proceda con toda urgencia, en primer término para evitar que por falta de local pueda ser trasladado el Puesto de esta localidad a otra, y en segundo término por no contarse con ningún otro local que reúna condiciones, ni medios económicos para construirlo por el Ayuntamiento. Tratado y discutido convenientemente el asunto, se acordó por unanimidad aceptar el precio del arriendo expresado, reconociendo todos el sacrificio que ello supone por la falta de medios para hacer frente a esta nueva carga, acordándose también siga haciendo gestiones sobre las demás condiciones que se hayan de consignar en el contrato correspondiente.

Con lo cual y no habiendo otros asuntos de que tratar se dio por terminada la sesión levantándose la presente acta qué leída y hallada conforme la firman los señores concurrentes, de que yo el Secretario certifico.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DE 1935

En Fuencaliente a 28 de noviembre de mil novecientos treinta y cinco. Previa convocatoria al efecto expresiva de los asuntos que habían de ser tratados se reunieron en el salón de sesiones de estas Casas Consistoriales bajo la presidencia del señor Alcalde Felipe García y García para celebrar sesión ordinaria, los señores Concejales D. Manuel Díaz Gómez, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Luis Ramírez Fernández, D. José Delgado Menasalvas, D. Juan Antonio Santos García y D. Teófanes Díaz Delgado, dejando de concurrir D. Lucio Maestre Lobato, D. Nicanor García Díaz y D. Teodoro Pérez Santos sin haberse excusado.

Siendo la hora de las diez, el Sr. Presidente declaró abierta la sesión, procediendo yo el Secretario a la lectura del acta anterior que fue aprobada.

Seguidamente y al objeto de proceder a la discusión y votación del proyecto de modificaciones del vigente presupuesto municipal ordinario de este Municipio, para qué sirva de base para la formación del presupuesto ordinario que rija en el próximo año de 1936, el cual proyecto se ha formado llevando todas las formalidades legales, yo el infrascrito Secretario, de orden del señor Presidente, procedí a dar lectura íntegra por Capítulos y Artículos de las partidas de ingresos y gastos que en dicho proyecto se detallan, y de las certificaciones y documentos que enumera el artículo 296 del Estatuto Municipal, y después de examinados y discutidos por los señores Concejales, D. Teófanes Díaz Delgado expuso que consideraba innecesarias las consignaciones que figuran en el Capítulo 3 Artículo 1 de trescientas sesenta y cinco pesetas para pago de un vigilante provisional de calles y fuentes, y la del Capítulo 10 Artículo 2 de otras trescientas sesenta y cinco pesetas para pago de gratificación a Andrea Muñoz Díaz por sus servicios de educación a los niños pobres de ambos sexos que no tienen la edad escolar, cuyas consignaciones debían anularse; abierta discusión acerca del particular, los demás señores Concejales presentes, D. Manuel Díaz Gómez, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Luis Ramírez Hernández, D. José Delgado Menasalvas, D. Juan Antonio Santos García y don Felipe García García estuvieron conformes con que se anulara la consignación que aparece para pago de un vigilante provisional, y mantener la otra para pago de gratificación a Andrea Muñoz Díaz por sus servicios de educación a los niños pobres de ambos sexos que no tienen la edad escolar, por carecerse en la localidad de Escuela de Párvulos Nacional que los atienda, considerando que de esta forma se hace un beneficio a los niños pobres; acordándose en consecuencia conforme a lo expuesto por la mayoría, anular la consignación para pago de un vigilante provisional, y la cantidad que representa de trescientas sesenta y cinco pesetas, sea rebajada del Capítulo 10 artículo 4º del proyecto de Presupuesto de Ingresos, acordándose también que sin ninguna otra modificación del referido proyecto del citado presupuesto, por Secretaría se redacte, teniéndolos en cuenta, el proyecto definitivo del presupuesto ordinario de este Ayuntamiento para el año económico de 1936, y conforme a lo dispuesto en el artículo 295 del Estatuto Municipal y en el artículo 5º del Reglamento de la Hacienda Municipal vigentes, se haga saber al público en la forma ordinaria y por ocho días el mencionado proyecto de modificaciones.

Acto seguido del Sr Presidente expuso a la Corporación que, prescindiéndose en el proyecto de Presupuesto de Ingresos acordado para el ejercicio 1936 de algunas de las exacciones del artículo 535 del Estatuto Municipal, cuales son Cédulas personales, Carruajes de lujo, Arbitrio de circulación, Recargo sobre el producto bruto de las minas y sobre la contribución de utilidades de la riqueza mobiliaria, Arbitrio sobre el rendimiento de las Compañías Anónimas y Comanditarias, Recargo sobre el consumo de gas y electricidad, Recargo sobre el impuesto de timbre de espectáculos, y Repartimiento general, porque resultaría que la imposición de las exacciones mencionadas en este término municipal carecería de importancia su rendimiento y un perjuicio para los intereses municipales. Enterados los señores presentes se acordó por unanimidad solicitar al Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda la autorización necesaria para prescindir de las exacciones mencionadas toda vez que concurren las circunstancias que al efecto requieren los apartados 1º y 2º del artículo 55 del Reglamento de Hacienda Municipal. Del mismo modo expuso señor Alcalde la necesidad de formar las Ordenanzas de las exacciones y arbitrios municipales que se comprenden en el presupuesto municipal ordinario de ingresos para 1936 y fijación en las mismas de las Tarifas correspondientes, acordándose por los señores de la Corporación presentes y por unanimidad, prorrogar la vigencia de las Ordenanzas y Tarifas que rigen en el año actual, a excepción de la del impuesto de inquilinato por lo que se refiere al artículo 18 de la misma exclusivamente, el cual se redactará en la forma siguiente; las fondas y casas de huéspedes se clasificarán en la misma categoría, y cada persona que ocupe habitación se le impondrá la cuota de setenta y cinco céntimos diarios siendo mayor de veintitrés años de edad, y la de treinta y cinco céntimos a los menores de esta edad, los Fondistas y Hosteleros llevarán el Registro de Huéspedes y presentarán en este Ayuntamiento el parte diario de entradas y salidas, siendo éstos los responsables directamente del abono de las cuotas devengadas; con cuya cuota fijada no estuvo conforme el Concejal D. José Delgado Menasalvas manifestando que creía que no debía gravarse a los viajeros nada más que con dos pesetas por la temporada de ocho días de estancia en esta Localidad, de cada uno. Acordándose también que las referidas Ordenanzas sean expuestas al público por término de quince días a los efectos de reclamaciones.

Después también el Sr. Alcalde expuso que, estando incluidos para dotar de ingresos al presupuesto municipal para 1936 el arbitrio municipal de Pesas y Medidas a uso obligatorio, el de Consumo de bebidas, alcoholes y jabones, y el de Degüello de reses y carnes frescas y saladas, y formadas las respectivas Ordenanzas de los mismos y acordadas las tarifas para cada uno, debía acordarse la forma de recaudación de cada uno. Enterada la Corporación y tratado y discutido convenientemente el asunto expuesto, se acordó por unanimidad, 1º Que sirvan de base los mismos pliegos de condiciones que rigen en el presente año. 2º Fijar el tipo de tasación para el arbitrio de pesas y medidas en dos mil doscientos cincuenta y tres pesetas, el de bebidas, alcoholes y jabones en nueve mil pesetas, y el de degüello de reses y carnes frescas y saladas en doce mil pesetas, y 3º Que se proceda al arriendo de la recaudación de los mismos por subasta pública señalándose para la celebración de las mismas el día diez y ocho de diciembre próximo a las diez, once y doce horas respectivamente, y que si alguna de dicha subastas fuera declarada desierta por falta de Licitadores se celebre otra segunda el día veintiocho del expresado mes a la hora indicada para cada uno y bajo el mismo tipo de tasación.

A continuación fue puesta de manifiesto una propuesta de suplemento de crédito por medio de transferencia dentro del actual presupuesto municipal ordinario, informada favorablemente, por carecerse de consignación suficiente para efectuar el pago de setecientas setenta y dos pesetas sesenta y dos céntimos por los conceptos siguientes: para pago del impuesto de utilidades ochenta y siete pesetas setenta y cinco céntimos, para pago de abono y servicios telefónicos cincuenta pesetas, para gastos de representación del Ayuntamiento cuatrocientas setenta y dos pesetas veinte céntimos, y para pago de gastos de festejos ciento sesenta y dos pesetas sesenta y siete céntimos, la que queda aceptada en principio por la Corporación municipal, acordándose por unanimidad se exponga al público el expediente respectivo por término de quince días a los efectos de reclamaciones.

Después se prestó aprobación a las siguientes cuentas: una del Capítulo 1º artículo 4 de treinta pesetas a la Unión de Municipios Españoles por cuota de este Ayuntamiento del año 1935, como adherido al  mismo; otra del mismo Capítulo 1º artículo 4º de doscientas quince pesetas a Manuela Sánchez, viuda de Joaquín Pérez Serrano, por servicios en su automóvil de transporte de Reclutas en los años 1932 y 1933, y transportes de presos desde esta Localidad a la estación, ordenados por el Gobierno Civil de la provincia; otra del Capítulo 1º artículo 8º de sesenta y tres pesetas ochenta céntimos a la Imprenta del Hogar Provincial por anuncios de subastas de aprovechamiento de pastos; otra del Capítulo 1º artículo 10 de sesenta y dos pesetas veinte céntimos por abono y servicios telefónicos del Ayuntamiento en los meses de Septiembre y Octubre anteriores; otra del Capítulo 1º artículo 11 de diez y ocho pesetas setenta y cinco céntimos por socorros a Reclutas al hacer su incorporación a la Caja en los meses de Febrero y Noviembre del año actual; otra del Capítulo 1º artículo 11 de cincuenta y siete pesetas noventa céntimos al Secretario de la Corporación por gastos de un viaje a Ciudad Real, comisionado para el ingreso de mozos en Caja en 1º de Agosto anterior; otra del Capítulo 2º Artículo 1º de cuatrocientas noventa y nueve pesetas treinta céntimos por gastos de un viaje hecho por una Comisión de este Ayuntamiento compuesta del Alcalde y concejales D. Víctor Alonso y D. Teófanes Díaz a Ciudad Real y Madrid en el mes de marzo anterior, para gestionar la construcción de un local para Casa Cuartel y otros asuntos; otra del Capítulo 4º artículo 7º de tres pesetas setenta y cinco céntimos a Mamerto Ruiz como premio por haber dado muerte a una raposa en el sitio Herraderos; otra del capítulo 6º artículo 1º de treinta y seis pesetas a Bautista y Fausto Redondo importe de diez y ocho sacos de piconcillo suministrados para la calefacción de las oficinas municipales; otra del Capítulo 6º artículo 1º de diez pesetas sesenta céntimos  a Eduardo Vázquez, importe de sellos de caucho para el servicio del Ayuntamiento; otra del capítulo 6º artículo 1º de doscientas noventa y ocho pesetas veinte céntimos a la Imprenta de D. Enrique Pérez, de Ciudad Real, por impresos y material de oficina servidos al Ayuntamiento en el tercer trimestre del año actual; otra del Capítulo 8º artículo 4º de diez y ocho pesetas como socorro dado a Agustín Díaz Lorente para transportar a un hijo suyo al Hospicio Provincial; otra del Capítulo 10 artículo 1º de siete pesetas a Eduardo Vázquez importe de un sello de caucho suministrado para el servicio del Consejo Local de Primera Enseñanza; y por último se prestó aprobación a otras tres cuentas, una de quinientas sesenta y una pesetas veinticinco céntimos a Dionisio Gijón Pérez y otros por jornales invertidos en los trabajos de formación de parcelas del monte Navalquejigo de estos Propios en los meses de Enero y Febrero del año actual; otra de quince pesetas por gratificación a D. Arturo Winterfeler por su visita a esta Localidad en el mes de Julio anterior en viaje de estudios, y otra de sesenta pesetas a los Agentes de Policía M. García Ortiz y otro por gastos de traslado a esta población y regreso para practicar diligencias a las órdenes del Sr. Juez de Instrucción de Almadén, acordándose el abono de las mismas con cargo al Capítulo de Imprevistos, por falta de consignación adecuada en el presupuesto municipal.

Con lo cual se dio por terminada la sesión, levantándose la presente acta que leída y hallada conforme la firma los señores expresados de que yo el Secretario certifico.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DE 1935

En Fuencaliente a 30 de Diciembre de mil novecientos treinta y cinco. Previa convocatoria al efecto expresiva del objeto de la reunión y bajo la presidencia del Sr. Alcalde Felipe García y García, se reunieron para celebrar sesión extraordinaria en el salón de sesiones de estas Casas Consistoriales, los señores Concejales D. Manuel Díaz Gómez, D. Víctor Alonso Muñoz, D. Luis Ramírez Fernández, D. Teodoro Pérez Santos, D. Nicanor García Díaz y D. Teófanes Díaz Delgado, dejando de concurrir D. Lucio Maestre Lobato, D. José Delgado Menasalvas y D. Juan Antonio Santos García sin haberse excusado.

Siendo la hora de las diez, el Sr. Presidente declaró abierta la sesión, procediendo yo el Secretario a la lectura del acta anterior que fue aprobada.

Seguidamente y previa lectura del artículo 34 de la nueva Ley Municipal y demás disposiciones vigentes, esta Corporación municipal, acuerda que se proceda a la práctica de las diligencias que han de servir de base al empadronamiento que habrá de regir hasta el año 1940, disponiendo al efecto que se distribuyan a cada cabeza o Jefe de familia y en su respectivo domicilio, las oportunas hojas declaratorias de empadronamiento por medio de los Agentes que designe la Alcaldía, la que adoptará todas aquellas medidas que estime pertinentes a fin de conseguir que el nuevo Padrón sea fiel reflejo de la realidad.

Acto seguido se dio lectura de la Orden Circular del Excmo Sr. Ministro de la Gobernación inserta en la Gaceta del día 10 de diciembre actual, ordenando que las Corporaciones municipales procedan a formar los Escalafones de sus funcionarios, incluyendo en el grupo A) los funcionarios administrativos, y el grupo D) Subalternos y Guardia Municipal, haciendo constar en cada uno de ellos la fecha del ingreso, la forma en que fue nombrado, los años de servicio y los sueldos que perciban los que figuren en cada una de los mencionados Escalafones, totalizándolos el 31 del corriente, cuyo servicio también se ordena por los artículos 158, 186 y cuarta de las disposiciones transitorias de Ley Municipal de 31 de Octubre anterior. Quedando enterados los señores Concejales presentes y acordando la formación de dichos Escalafones y se cumpla lo demás que se ordena en las disposiciones citadas.

Después fue puesto de manifiesto el contrato otorgado entre el dueño del local conocido por Hotel Parisiana, D. José Molina Corral, y el señor Alcalde-Presidente, para el arriendo de dicho local con destino a alojamiento del Puesto de la Guardia Civil, conforme a acuerdos anteriores, en la cantidad de tres mil setecientas cincuenta pesetas anuales, por un plazo de seis años y por cuenta del dueño del mismo todas las obras que hayan de efectuarse para adaptarlo a las necesidades de Casa-Cuartel, siendo aprobado dicho contrato por unanimidad de los señores Concejales presentes.

Incontinenti el Sr. Alcalde hizo saber a los demás señores de la Corporación que próxima la época para las operaciones de quintas para el reemplazo de 1936, había de procederse a las operaciones necesarias, quedando enterada la Corporación.

A continuación se dio cuenta de haber sido rematado el arriendo del arbitrio municipal de Pesas y Medidas a uso obligatorio para el año 1936, en la primera subasta celebrada al efecto el día diez y ocho del actual, por el vecino de esta localidad D. Miguel Campos Luque en la cantidad de dos mil doscientas cincuenta y tres pesetas, siendo puesto de manifiesto del expediente respectivo, y resultando que contra dicho remate no se ha presentado reclamación alguna en los cinco días siguientes a la celebración de la subasta sobre el resultado de la misma, y se habían cumplido todos los requisitos legales; acuerda la Corporación municipal, adjudicar definitivamente dicho remate en favor del expresado, el que deberá cumplir con los requisitos estipulados en el pliego de condiciones sobre fianza definitiva, y lo demás que dispone el Reglamento de 2 de Julio de 1924.

Del mismo modo se dio cuenta de haber sido rematados los arriendos para la recaudación de los derechos de los arbitrios sobre Degüello de reses y carnes frescas y saladas, y sobre el Consumo de bebidas, alcoholes y jabones, para el año 1936, el primero por el vecino de esta Villa D. Eduardo Vázquez García en la cantidad de doce mil pesetas, y el segundo por D. Antonio Rodríguez López, también de estos vecinos, en la cantidad de nueve mil pesetas, siendo puestos de manifiesto los expedientes de subasta, y resultando que contra dichos remates no se ha presentado reclamación alguna en los cinco días siguientes a la celebración de las subastas sobre el resultado de las mismas, y se habían cumplido todos los requisitos legales, acuerda también la Corporación municipal adjudicar definitivamente dicho remates en favor de los expresados, los que deberán cumplir con los requisitos estipulados en los pliegos de condiciones sobre fianza definitiva, y lo demás que dispone el Reglamento de 2 de Julio de 1924.

Igualmente se pasó a discutir y en su caso aprobar la propuesta de Suplemento de crédito por medio de transferencia en el presupuesto ordinario del año actual, aceptada en principio por este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 28 de Noviembre anterior. Dada lectura del expediente tramitado al efecto, visto el dictamen del Secretario Interventor y los informes favorables de la Comisión de Hacienda y Concejal Síndico; discutidos ampliamente cada uno de los extremos que comprenden dicha propuesta y encontrándola conforme con los servicios que vienen a cargo de la Corporación Municipal se acordó por un unanimidad aprobarla, quedando en su consecuencia fijados definitivamente los aumentos y deducciones de los artículos expresados en referido expediente.

También fue puesta de manifiesto una instancia presentada por el concejal D. José Delgado Menasalvas por la que hace dimisión de su cargo, fundada en su avanzada edad de setenta y tres años y estado físico en que se encuentra. Quedando enterada la Corporación y acordando que para resolver se interese se justifique documentalmente los extremos en que se funda tal dimisión.

Después se prestó aprobación a las siguientes cuentas: una del capítulo 1º artículo 10 de seiscientas veinticinco pesetas a Teresa Muñoz Díaz por alquiler de la casa cuartel del segundo semestre del año actual; otra del mismo capítulo y artículo de doscientas setenta y cinco pesetas a Calixto Gutiérrez por alquiler de la casa Telégrafos del segundo semestre del año actual; otra de igual capítulo y artículo de veinticinco pesetas setenta y cinco céntimos por abono y servicios telefónicos del mes de noviembre anterior; otra del capítulo 2º artículo 1º de cuatrocientas setenta y dos pesetas noventa céntimos al propio señor Alcalde por gastos de cuatro viajes a Ciudad Real y Madrid solo y en Comisión, en los meses de Noviembre, Abril, Mayo y Octubre anteriores; otra del capítulo 4º artículo 8º de tres pesetas a Benedicto Camacho por haber dado muerte a un águila real el día doce del actual en el monte Riñoncillos; otra del capítulo 8º artículo 1º de veinte pesetas a Benjamín Sánchez Pérez por la reparación y limpieza hecha a la máquina de escribir del Ayuntamiento; otra del mismo capítulo y artículo de ciento ochenta y siete pesetas setenta y cinco céntimos a la imprenta de D. Enrique Pérez por impresos y material servido al Ayuntamiento en el cuarto trimestre del año actual; otra de igual capítulo y artículo de veintisiete pesetas cuarenta y cinco céntimos al Secretario de la Corporación importe de los efectos timbrados suministrados al Ayuntamiento en el mes de octubre anterior; otra del referido artículo y capítulo al alguacil Antonio Redondo como gratificación por la limpieza y aseo de las oficinas municipales durante el año actual; otra del expresado capítulo y artículo de sesenta y dos pesetas cincuenta céntimos a Antonio Redondo por gratificación como encargado del reloj, del 4º trimestre del año actual; otra del Capítulo 7º Artículo 1º de diez y seis pesetas a Faustino Pareja y otro por jornales reparando las fuentes de San Benito y la de la calle del Capitán Galán en los días 4 y 5 del actual; otra del mismo capítulo y artículo a Faustino Pareja y otro por jornales importando diez pesetas empleados en la reparación de la alcantarilla de la Plaza el día 3 del actual; otra del capítulo 1º artículo 2º de doscientas setenta y cinco pesetas a Feliciana Delgado Fernández por alquiler del local de la Escuela de niñas nº 2 correspondiente al segundo semestre del año actual; otra del capítulo 11 artículo 1º de quince pesetas a Faustino Pareja y otro por jornales y suministro de 75 tejas para la reparación del retrete de la Escuela de niños el día 28 de noviembre anterior; otra del capítulo 11º artículo 3º de veinticuatro pesetas a Crisanto Bernabé y Faustino Pareja importe de tres jornales a cada uno reparando el camino de la Puente interceptado por los temporales en los días 25, 26, y 27 del actual; otra del capítulo 13 artículo 3º de ciento noventa y cuatro pesetas ochenta y cinco céntimos a Luis Ramírez vocal de la Comisión de Festejos por los gastos ocasionados en los celebrados en las fiestas del mes de Septiembre anterior; y otra de ciento cuarenta y ocho pesetas sesenta y cinco céntimos a la imprenta de D. Enrique Pérez por impresos para la formación del Padrón de Habitantes, acordándose su abono con cargo al Capítulo de imprevistos por carecer de consignación en el presupuesto municipal.

Con lo cual se dio por terminada la sesión levantándose la presente acta que leída y hallada conforme la firman los señores expresados, de que yo el Secretario certifico.